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Bitàcora sobre la disciplina urbanística a les Illes Balears
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Sant Lluís: el Consorcio de Suelo Rústico tendrá en sus manos cerrar y demoler el parque acuático

(Menorca, 28/10/2022)

Juan Carlos Ortego. El Ayuntamiento de Sant Lluís aprobó en el pleno celebrado el miércoles la nulidad de la licencia que permitió en su día, hace siete años, la construcción del parque acuático de Biniancolla. El acuerdo se tomó con los votos favorables de PSOE, Volem Sant Lluís y No adscrito (Jorge de Diego) y la abstención del PP y el Pi.

«Lo que queremos es evitar otra indemnización al Ayuntamiento, es un tema complejo y nos corresponde defender los intereses municipales», explicó la alcaldesa Carol Marquès, que llevó este punto por la vía de urgencia. «No hay más camino que anular, la licencia y la actividad son ilegales», aunque matizó que ningún acto del Ayuntamiento había causado perjuicio a la promotora.

Como punto final, el acuerdo pone en manos del Consorcio para la Protección de la Legalidad Urbanística en Suelo Rústico la ejecución del mismo. Es decir, ha de ser este organismo el que abra el correspondiente expediente de demolición de las instalaciones, la restitución paisajística y, en definitiva, la clausura de la actividad, toda la responsabilidad recae ahora sobre el mismo.

Es el punto y final desde el punto de vista administrativo de la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears que declaraba nula la declaración de interés general otorgada por el Consell en 2014, durante el gobierno del Partido Popular. Sin esta declaración no se podía conceder la licencia municipal y esta deviene nula al ser sentenciada como ilegal la citada declaración.

Además esta ponía fin a la vía judicial después de que el mismo tribunal inadmitiera los recursos de casación ante el Supremo, el último intento de mantener la lucha en los tribunales que pretendían preparar el Consell, como institución demandada, y el Ayuntamiento, codemandado en la misma causa. No quedaba otra salida que iniciar la revisión y anular la licencia, que había sido concedida en noviembre de 2014.

Como parte de ejecución del fallo judicial, el conseller de Economia y Territorio revocó en enero del año pasado la resolución por la que se había declarado el interés general y posteriormente se ha dado audiencia a las partes interesadas, incluida la promotora, para el procedimiento de revisión y nulidad de la licencia.

Por su parte, la alcaldesa, con el fin de evitar al Consell, que era parte interesada en el caso, solicitó asesoramiento del Govern y del Consell Consultiu para llevar a cabo el proceso de revisión. El órgano jurídico es concluyente en su informe.

Este apunta directamente al Consell, «una vez eliminada la Declaración de Interés General del ordenamiento jurídico por cuanto ha sido confirmada su nulidad, el acto final que es la licencia queda huérfano de título habilitante, de manera que deviene igualmente ilegal», señala.

El interés general, necesario para poder construir en suelo rústico, era también el requisito esencial para otorgar la licencia y este desaparece «por nulidad declarada judicialmente». Aunque son actos administrativos diferentes, la validez de la licencia está condicionada por la validez y eficacia de la delaración de interés general, sin esta no puede haber licencia.

El proceso

El litigio ha tenido un recorrido de siete años y nace del recurso de alzada interpuesto por Delfines Centre Sport contra la declaración de interés general otorgada por la consellera Marta Vidal en la corporación del PP que gobernó hasta 2015. La desestimación del recurso le llevó al Juzgado de lo Contencioso número 1 de Palma, que le da la razón y declara no ajustada a derecho la resolución de la consellera y, por tanto, la anula.

Esta sentencia llega en febrero de 2018 y marca ya un recorrido que ha acabado en la nulidad de los pasos dados en favor del parque acuático de Biniancolla. El Consell y el Ayuntamiento de Sant Lluís recurren el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia que, año y medio después, desestima sus argumentos y mantiene la ilegalidad de la licencia de obras y actividad.

El Ayuntamiento, acosado por varios precedentes de indemnizaciones urbanísticas, presentó todavía un recurso de queja ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears, que fue desestimado en septiembre de 2020. Desde entonces no tuvo más remedio que orientar sus actuaciones a corregir todo el proceso hasta llegar a la nulidad de la licencia.

Desandar el camino que implica el acuerdo contempla «la obligatoria restauración de la legalidad urbanística», según se expuso en la sesión municipal. Por ese motivo, se traslada esa misión al control del Consorcio por ser el organismo competente para tramitar las actuaciones que conduzcan a esa restitución «y consecuentemente para adoptar las decisiones pertinentes en materia de clausura de la actividad», según recoge el acuerdo municipal.

Este se adoptó el miércoles por la noche y ayer por la mañana todavía no se había comunicado al Consorcio, según confirmó el conseller Josep Pastrana, aunque ya conocían la resolución por haber participado directamente en el proceso.
 

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