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Bitàcora sobre la disciplina urbanística a les Illes Balears
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Imponen una sanción económica ejemplar por construir en suelo rústico en Mallorca

(Diario de Mallorca, 18/10/2021)

J.F. Mestre. Máxima contundencia ante la construcción ilegal en Mallorca. El Tribunal Superior de Justicia de Balears, en una reciente sentencia, ha confirmado la sanción económica ejemplar impuesta a una familia que decidió construirse una vivienda de lujo en un solar rústico, donde no se podía realizar. La sanción económica se fija en algo más de 260 mil euros, que coincidiría con el valor de la construcción. Los promotores no solo tendrán que abonar esta elevada sanción económica, sino que además podrían verse obligados a derribar la construcción, dado que no se puede legalizar. El tribunal no se pronuncia sobre el futuro de esta construcción, sino únicamente sobre la legalidad de la sanción económica, que ha sido confirmada en todos sus extremos. Así, los jueces le dan la razón al Consell de Mallorca, que impuso esta multa a través de la Agencia de Disciplina Urbanística, que se encarga de perseguir las construcciones ilegales de la isla.

El proyecto urbanístico, que se realizó en un solar rústico ubicado en Felanitx, empezó a levantarse hace ya casi diez años. Cuando el celador municipal descubrió que se estaba realizando una obra en terreno donde no se podía construir, presentó una denuncia ante el propio Ayuntamiento, que procedió a ordenar la paralización inmediata de las obras. Los promotores, según destaca la sentencia, pusieron todas las trabas posibles para evitar que se comprobara el estado de las obras. Además, aunque se comprometieron a solicitar permiso de obras, que no se les hubiera otorgado porque el solar rústico no tenía la suficiente superficie para levantar una construcción, no detuvieron los trabajos.

El proyecto consistió en una vivienda de 219 metros cuadrados, junto a un porche de casi 65 metros, más un garaje de la misma superficie, una piscina y un almacén.

El ayuntamiento de Felanitx trasladó el expediente al Consell de Mallorca para que se aplicara la normativa sobre disciplina urbanística. Dicha norma establece que cuando se descubre una construcción ilegal, se impone una sanción económica al infractor.

El promotor intentó evitar el pago de la sanción, alegando que la administración competente para perseguir esta construcción ilegal debía ser el ayuntamiento de Felanitx, y no el Consell de Mallorca. Sin embargo, el tribunal recuerda que la ley le otorga a la Oficina de Disciplina Urbanística [Nota de Disúrbia: per favor, Agència de Defensa del Territori, no és tan difícil aquest nom...] de la institución competencias suficientes para perseguir y sancionar estas obras ilegales, entre las que se incluyen las que se levantan en terrenos rústicos.La sanción se basa en el calculo que realizaron los técnicos para determinar cuánto costó construir esta amplia vivienda. Un valor que coincidía en términos generales con el calculo que realizó la perito judicial. La obra levantada se valoró en 260.000 euros.

Según la normativa que aplica el Consell de Mallorca ante estas obras ilegales, la sanción se calcula a partir del valor de la construcción y la multa que se impone es la misma que el precio pagado por las obras ejecutadas. No considera el tribunal que la multa sea desproporcionada porque la administración no puede imponer una sanción por un importe distinto al que determina la ley. Y en este caso la normativa establece que la sanción económica que corresponde cuando se levanta una vivienda en un suelo donde se puede construir es del cien por cien del valor de las obras ejecutadas [Nota de Disúrbia: perquè en aquest cas era aplicable la Llei 10/1990. Ara, les sancions són encara més grosses]. La sentencia incide además que el terreno rústico es un suelo que está preservado a los desarrollos urbanísticos. 

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