Campos mantiene las competiciones de polo pese a la orden de suspensión del Consell |
(Última Hora, 21/04/2019)
J. Socies. La actividad en los dos campos de polo de sa Barralina, en Campos, sigue en marcha. En la mañana del sábado, todo estaba preparado para acoger un partido. Los camiones de los distintos equipos de polo permanecen estacionados en unos terrenos rústicos próximos a las instalaciones desde hace unos días.
Incluso en una web especializada se indica que entre el 11 y el 28 de este mes de abril, sa Barralina acoge la Copa Pascua 2019. Se trata de un evento que se ha celebrado cada año pese a las actuaciones en contra de la Agència de Defensa del Territori (ADT) del Consell por las infracciones urbanísticas.
Estos dos terrenos de juego fueron precintados en noviembre de 2017 por la ADT de la institución insular «al detectarse su uso a pesar de no contar con las pertinentes licencias». Y el pasado mes de febrero, el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJB) desestimó el recurso que presentó la propiedad y el promotor de los dos campos de polo. Confirmando así «la suspensión dictada por la Agència de Defensa del Territori por no disponer de licencia urbanística». Pese a ello, en las redes sociales también se pueden ver algunas fotografías de la celebración de la Copa Otoño, el pasado octubre, en las instalaciones, lindantes con el Parc Natural des Trenc-Salobrar.
Además de los camiones de los distintos equipos de polo estacionados, se ha podido ver a caballos entrenando en una nueva pista habilitada en los terrenos rústicos de la finca que a modo de hipódromo sirve para entrenar a los caballos. Una tarde de la semana pasada también se pudo contemplar un improvisado partido de fútbol, con porterías reglamentarias. E incluso otro de los detalles que se ha observado ha sido la instalación de una señal de dirección prohibida en el camino público que cruza las instalaciones deportivas de sa Barralina.
En febrero, la ADT señaló que en caso que no se respetará la orden de suspensión, el ente «se verá obligado a aplicar el artículo 187.6 de la Ley de urbanismo de las Illes Balears (LUIB)».