Sant Josep: pendiente desde 2015 el derribo de un garaje en Sant Jordi |
(Diario de Ibiza, 20/01/2019)
El juzgado dictaminó hace casi un año que el «tiempo prudencial» para la demolición se había superado «con creces»
Eugenio Rodríguez. Todavía no se ha procedido a la demolición de un garaje ilegal construido sobre el trazado de la calle de la Sageta, en Sant Jordi, a pesar de que hace casi un año el Juzgado de lo Contencioso número 3 de Palma, advirtió al Ayuntamiento de Sant Josep de que, de no ejecutarse, podrían «imponerse multas coercitivas a las autoridades, funcionarios o agentes que resultasen ser responsables de su incumplimiento». El abogado del denunciante lamenta que, a día de hoy, y pese a las advertencias del juzgado, no se haya acometido aún el derribo de la obra ilegal.
En octubre de 2010, el Consistorio ordenó el derribo del garaje. La propiedad recurrió, pero perdió el litigio (en 2015 con sentencia firme; el Tribunal Supremo no admitió un recurso de revisión en 2017). En julio de ese año, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma dictó un auto en el que instaba al Ayuntamiento a que procediera de «inmediato» a la ejecución de la orden de demolición con arreglo a lo que determina la legislación.
El equipo de gobierno acordó reiterar al infractor su obligación de echar abajo el garaje con la advertencia de que, de no hacerlo, le impondría una sanción con multas coercitivas. En noviembre de 2017, la propiedad de la construcción ilegal informó al juzgado de que tenía «la voluntad» de cumplir la sentencia, «si bien exponía que «el derribo podía afectar a terceros y que se precisaba de la correspondiente documentación técnica y de licencia municipal». También aportó una comunicación sobre el encargo que había hecho a un profesional.
Falta de diligencia municipal
En febrero del año pasado, el mismo juzgado emitió otro auto en el que constataba que, por el tiempo transcurrido, había «una actitud renuente» a la ejecución de la sentencia por parte de la propiedad del garaje. También cargó contra el Ayuntamiento, ya que su actuación, pese a que la sentencia es firme y ejecutable desde 2015, no había sido «excesivamente diligente». Entonces, hace casi un año, el auto judicial decía que el acuerdo de la junta de gobierno de septiembre de 2017 iba «en la línea adecuada», pero criticaba que, desde entonces, no se había llevado a cabo «otra actuación tendente a ejecutar la demolición acordada».
«No puede darse acogida la pretensión de la parte demandante [el infractor] de que le sea otorgado un tiempo prudencial para iniciar el expediente de demolición, en cuanto dicho tiempo prudencial ha sido ya superado con creces en estos momentos, procediendo a que la Corporación haga uso de las potestades de ejecución forzosa», decía el auto. También indicaba que en el caso de que la propiedad no iniciara el derribo del garaje, debía ser el Ayuntamiento el que, de forma subsidiaria, diera cumplimiento a la sentencia.