El Consell pone en marcha su sección contra obras ilegales en los espacios protegidos en Ibiza |
(Diario de Ibiza, 01/12/2018)
La sección cuenta con tres funcionarios y próximamente incorporará a tres más | El servicio ya ha abierto una veintena de expedientes sancionadores
Joan Lluís Ferrer. El Consell de Ibiza ha puesto ya en marcha su nueva sección de disciplina urbanística, que se encarga de perseguir las obras ilegales en el interior de los parajes protegidos por la Ley de Espacios Naturales (LEN), es decir, las Áreas Naturales de Especial Interés (ANEI), las Áreas Rurales de Interés Paisajístico (ARIP) y las Áreas de Protección de Costas (APT). Para el resto de suelos, la competencia seguirá correspondiendo a los ayuntamientos.
La nueva oficina arranca su actividad ya dotada de personal específico y exclusivo: un letrado, un administrativo y un celador, que están operativos desde el pasado mes de septiembre. Sin embargo, la semana que viene empezará a trabajar un segundo letrado y, además, «se está intentando cubrir las plazas de un arquitecto y un aparejador», explicó la consellera insular de Territorio, Pepa Marí Ribas.
Esta plantilla es consecuencia de la contratación, este mismo año, de unos 30 nuevos funcionarios destinados a varios departamentos de la institución insular.
La consellera Marí Ribas indicó además que ya se han empezado a instruir los primeros expedientes de obras ilegales en este tipo de suelos desde el Consell. En concreto, hay una veintena en marcha.
Competencia directa
Al mismo tiempo, se está en contacto con los diferentes ayuntamientos de la isla de Ibiza para que transmitan al Consell aquellos expedientes sancionadores que aún no están concluidos en los suelos rústicos protegidos por la LEN para que sea la institución insular la que se ocupe de ellos.
La Ley de Urbanismo de las Islas Balears (LUIB), que entró en vigor el pasado 1 de enero, estableció, por primera vez, que la competencia directa de la disciplina urbanística en este tipo de terrenos pasa a ser de los consells, que hasta ahora sólo la tenían de forma subsidiaria, es decir, ante la inacción de algún ayuntamiento.
En concreto, el artículo 166.3 de la LUIB afirma textualmente que «los consells insulares ostentarán todas las competencias en materia de disciplina urbanística en el suelo rústico protegido».
De este modo, los diferentes consistorios municipales quedan descargados ahora de la tramitación de estas denuncias en ANEI, ARIP y APT de Costas, si bien su número, en comparación con las infracciones que se cometen en suelo rústico común o en suelos urbanos, es bastante reducido. No obstante, los terrenos de los que se tendrá que ocupar ahora el Consell suman casi el 50% de la superficie insular.
En cualquier caso, los ayuntamientos parecen haber reaccionado con satisfacción ante este cambio, dada la celeridad e inusual fluidez con que están remitiendo al Consell los informes y documentos urbanísticos relativos a estos expedientes.
El equipo de gobierno del Consell confía en que, con las disposiciones contenidas en la citada normativa, que también endurece el régimen sancionador para quienes hagan obras ilegales, se entre en una vía de mayor control urbanístico.
La Ley de Urbanismo de las Islas Balears estipula, entre otras cuestiones, que las infracciones cometidas en suelo rústico de cualquier tipo (incluido el común) ya no prescriben jamás, con lo que el infractor ya no podrá beneficiarse del paso del tiempo para ver cómo se olvida administrativamente su infracción. Del mismo modo, todo nuevo planeamiento municipal deberá ser un Plan General y no unas Normas Subsidiarias.