Las obras ilegales en suelo rústico dejan de prescribir a partir de este año |
(Diario de Ibiza, 7/04/2018)
A partir del pasado 1 de enero, las infracciones son perseguibles siempre, sin limitación de plazo alguno
Joan Lluís Ferrer. La Ley de Urbanismo de las Islas Balears (LUIB), que entró en vigor el pasado 1 de enero, ha terminado con uno de los refugios legales en que se amparaban los especuladores urbanísticos: la prescripción de sus infracciones al cabo de un tiempo. Desde hace cuatro meses, toda obra ilegal que se construya en el campo, tanto si se trata de espacios naturales protegidos como de suelo rústico común, será sancionable y susceptible de demoler en cualquier momento, independientemente de cuándo se haya producido la infracción. Las obras ilegales construidas antes de 2018, sin embargo, se seguirán beneficiando del régimen anterior.
Así lo explicó el director general de Ordenación del Territorio del Govern balear, Luis Corral, poco antes de iniciar la conferencia pronunciada en el Colegio de Arquitectos de Ibiza para dar a conocer el contenido de la nueva normativa, que sustituye a la Ley de Ordenación y Urbanismo Sostenible (LOUS), ya derogada.
Hasta ahora, las únicas infracciones urbanísticas que no prescribían jamás eran las que se cometían en los espacios protegidos, pero a partir de ahora tampoco lo harán las que se realicen en suelo rústico común. Además, añadió Corral, se establece un nuevo sistema de multas para el responsable de una obra ilegal.
En concreto, si no derriba lo construido al margen de la ley, empezará a recibir sanciones mensuales por un importe equivalente al 10% de lo edificado de forma reiterada, «de modo que en pocos meses, el infractor verá que le es más barato derribar», señaló Corral.
«Se trata de que sean sanciones ejemplarizantes» y que disuadan de la tentación de incumplir las normas.
Por otra parte, la LUIB prevé cambios en los planeamientos municipales. A partir de ahora, ya no existirán Normas Subsidiarias, sino que todo nuevo instrumento que se apruebe serán Planes Generales de Ordenación Urbana (PGOU). Sin embargo, explicó Corral, éstos se limitarán a esbozar sólo las líneas generales de la ordenación del municipio, mientras que los detalles y los parámetros de cada zona correrán a cargo de una figura de nueva creación: los Planes de Ordenación Detallada. «El PGOU será como el marco general y los planes detallados serán el documento vivo», resumió el director general.
Más control desde los Consells
La nueva ley otorga más capacidad de control de la disciplina urbanística a las instituciones insularesLa disciplina urbanística es uno de los puntos fuertes de la recién estrenada Ley de Urbanismo de Balears. Otra prueba de ello es que las obras ilegales que se cometan en el interior de espacios naturales protegidos (ANEI, ARIP, LIC, ZEPA y otros) ya no serán perseguidas por el ayuntamiento correspondiente, sino por el Consell Insular. Ello es así porque se trata de normativas de alcance supramunicipal.
Ello obligará, seguramente, a que el Consell de Ibiza se decida al fin a constituir una oficina de disciplina urbanística, varias veces anunciada, pero nunca materializada.
«Era necesario dar un revolcón a la disciplina urbanística, y así se ha hecho», señaló Luis Corral, quien destacó que «es absolutamente necesario que si se hacen leyes, éstas se hagan cumplir».
Otro de los contenidos novedosos de la LUIB afecta a la gestión urbanística en los suelos urbanos. «Hasta ahora, cuando se necesitaba más suelo urbano o urbanizable, se cogía suelo rústico y se urbanizaba, consumiendo así más territorio. No es que neguemos esta posibilidad, pero sobre todo hay que actuar sobre el suelo que está vacío, y hay mucho suelo urbano que está sin edificar», manifestó el director general.
La LUIB presenta la ventaja de que, a diferencia de la LOUS, entra a ordenar el suelo rústico común y protegido, cosa que no hacía la ley ahora derogada, que se limitaba prácticamente a los suelos urbanos y urbanizables.