Mallorca: las viviendas no podrán instalar ni agua ni electricidad sin cédula de habitabilidad |
(Diario de Mallorca, 10/03/2018)
El Consell aprueba un reglamento de la LUIB que también incluye un nuevo uso en suelo rústico como es el de la creación y producción audiovisual
Miquel Adrover. El Consell de Mallorca ha aprobado un despliegue reglamentario de la Ley de Urbanismo de les Illes Balears (LUIB), aprobada por el Govern en diciembre de 2017, con el objetivo de regular las cédulas de habitabilidad. A partir de ahora será preciso contar con este documento que emite la institución insular para poder instalar los servicios de agua, gas y electricidad en una vivienda de nueva construcción. Hasta el momento bastaba únicamente con contar con la licencia municipal de obras para contar con estos servicios básicos en una vivienda. [Nota de Disúrbia: és a dir, tornam al règim anterior a la LOUS, que ja figurava a la Llei de disciplina urbanística de 1990. O sia, que és una novetat molt relativa...]
La finalidad de este nuevo reglamento es garantizar que la vivienda de nueva construcción, tanto en suelo urbano como en suelo rústico, sea perfectamente legal y tenga las condiciones idóneas para ser habitada. Se quiere evitar los numerosos casos que existen en Mallorca que las viviendas son ocupadas durante años sin contar con el documento que acredite que es apta para ser habitada por las personas. En este caso, si no se puede contar ni con agua ni con electricidad será muy difícil que se pueda vivir en ella.
Por otra parte, en esta mismo despliegue reglamentario de la LUIB, según ha explicado la consellera insular de Territorio, se introduce un nuevo uso del suelo rústico que hasta el momento no estaba regulado. Es el caso de la creación y producción audiovisual para poder grabar anuncios, películas y todo tipo de creaciones audiovisuales que se podrán desarrollar en suelo rústico, siempre y cuando una vez concluida la grabación se garantice que la zona de campo utilizada quede en su estado original.
Garrido ha indicado que se incluye este nuevo uso en suelo rústico, que complementa las actividades puntuales de tiempo libre, deportivas, recreativas y culturales que ya estaban reguladas.