El PP de Sant Antoni cometió fraude de ley al conceder varias licencias al Lidl |
(Diario de Ibiza, 17/09/2016)
El Consistorio sostiene que la sentencia no tiene efectos prácticos puesto que la actividad está amparada por una licencia autonómica, pero teme que el demandante pida una indemnización
eugenio rodríguez | ibiza. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ratifica que el último gobierno municipal de Sant Antoni presidido por José Sala cometió fraude de ley al conceder el 3 de junio de 2011 (el gobierno estaba en funciones tras las elecciones locales) seis licencias distintas para la construcción del centro comercial Lidl y confirma con ello la nulidad de uno de los permisos de obra. El tribunal desestima el recurso de Lidl Supermercados S.A. contra una de las sentencias que decretó la nulidad de una de las seis licencias concedidas ilegalmente.
Ante la imposibilidad de obtener licencia de actividad para la apertura de un centro comercial, la empresa, con el beneplácito del Consistorio, tramitó seis permisos distintos para explotar cinco locales con actividades independientes y diferenciadas, pero que compartían zonas comunes. Todas las instalaciones, cada una de menos de 400 metros cuadrados para sortear el impedimento legal, se ubicaron en una nave de nueva construcción.
Vicente Prats, empresario del sector de la alimentación del municipio, impugnó las licencias. En primera instancia, el juzgado de lo Contencioso le dio la razón al considerar que se produjo «un fraude de ley y abuso de derecho» por parte de la empresa y el Ayuntamiento, ya que se pretendía «obtener de forma troceada lo que no era posible de forma conjunta». Ahora, el TSJB lo ratifica al entender que «la pretensión real» de Lidl era la de instalar un centro comercial y al no cumplir los requisitos legales para ello, optó por «defraudar» la normativa a través de la cobertura que prestan otras. La sentencia argumenta que la pretensión de la empresa no era la de instalar actividades de venta al detalle de alimentos separadamente, sino la de abrir un centro comercial, «convenientemente descuartizado para la ocasión».
A efectos prácticos, los fallos judiciales no tienen incidencia alguna sobre el funcionamiento del Lidl, puesto que en abril de 2012 el Govern balear concedió a la empresa la licencia autonómica de gran establecimiento comercial, con una superficie útil de exposición y venta de 1.133,5 metros cuadrados distribuidos en las cinco instalaciones. «A día de hoy funciona correctamente. No parece en principio que la sentencia tenga algún efecto», apunta el concejal de Urbanismo, Juanjo Ferrer, del gobierno tripartito (PSOE, Reinicia y PI).
«Los servicios jurídicos lo están analizando», agrega Ferrer, quien, en todo caso, apunta la posibilidad de que el demandante (el empresario Vicente Prats), ante el hecho de que la sentencia es «inejecutable» (no se puede cerrar la actividad), opte «por pedir [al Ayuntamiento] el pago de algún tipo de indemnización». «Es lo que estamos mirando», apunta el concejal de Urbanismo, al tiempo que señala que aún no han recibido ninguna demanda para paliar económicamente el daño que la concesión fraudulenta de las seis licencias haya podido producir.
En primera instancia, el juzgado de lo contencioso señalaba además que se había «infringido el ordenamiento jurídico» puesto que la normativa determina que la concesión de la licencia autonómica debe ser previa a la del permiso de instalación municipal».
No es un defecto subsanable
El TSJB especifica que «no es posible jurídicamente que la licencia autonómica posterior convalide las municipales obtenidas previamente ni que deba entenderse como un defecto subsanable o subsanado». «Y ello por cuanto que es incompatible por completo con la sanción que la ley reserva a la licencia municipal otorgada sin contar con licencia autonómica de gran establecimiento o en contra de la licencia autonómica, que es justamente la sanción de nulidad radical, absoluta o de pleno derecho», concluye la sentencia.