Pollença: el Consell deniega a Cortina la cédula de habitabilidad para su casa de Formentor |
(Diario de Mallorca, 23/07/2016)
El empresario deberá adaptar la obra a la normativa sobre tejados antes de obtener el documento
J. Frau. El servicio de Autorizaciones Territoriales del Consell de Mallorca, dependiente del departamento de Territorio e Infraestructuras, denegó el pasado jueves la cédula de habitabilidad de primera ocupación al empresario Alfonso Cortina, que había solicitado este documento para poder usar su propiedad de Formentor. La institución insular argumenta que la vivienda no cumple de momento los requisitos exigidos en el decreto 145/1997 que regula la expedición de cédulas de habitabilidad, al entender que las obras todavía no están finalizadas porque la propiedad está obligada a modificar el tejado de la vivienda según el último auto judicial relativo a este caso.
Cabe recordar que un auto del juzgado de la contencioso administrativo número 3 de Palma anuló el pasado 4 de julio el decreto de alcaldía de 2015 mediante el que se denegaba la licencia de legalización a la mansión del empresario Cortina. El juzgado declaraba el derecho de la propiedad a obtener la licencia "previa adaptación de la obra ejecutada a la normativa en materia de cubiertas", lo que significa que el propietario deberá realizar una cubierta inclinada con tejas mallorquinas para adaptarse al Plan General de Pollença.
El informe elaborado por el jefe de Autorizaciones Territoriales del Consell que ha servido como base jurídica a la denegación de la cédula de habitabilidad subraya que la promotora, una vez adaptada la obra a la normativa en materia de cubiertas, "tendrá derecho a obtener del ayuntamiento de Pollença la licencia de legalización que se formule mediante el correspondiente proyecto técnico". El dictamen concluye que las obras "no están totalmente finalizadas" y que el último auto del juzgado "no es firme", ya que ha sido recurrido por el ayuntamiento de Pollença.
Por estos motivos, la concesión de la cédula de habitabilidad de primera ocupación "exigiría, evidentemente, de una licencia municipal de legalización que pueda amparar las obras ejecutadas en la parcela". "Una vez finalizadas totalmente las obras y restituidas a la legalidad, los técnicos directores deberán firmar un nuevo certificado de final de obra y habitabilidad", añade el informe.