Alaró: un nuevo auto ratifica la sentencia de demolición del edificio del Fantasio |
(Diario de Mallorca, 29/11/2015)
La juez desestima la petición del Ayuntamiento de no cumplir el fallo por "imposibilidad legal"
J. frau. La demolición de la parte del edificio del antiguo cine Fantasio que invade el vial público en las calles Pere Rosselló i Oliver y Son Amengual de Alaró está un poco más cerca. Un nuevo auto judicial fechado el pasado 19 de noviembre vuelve a ordenar la ejecución de un auto anterior de marzo de 2014 que exigía la demolición inmediata del citado edificio y desestima la petición del ayuntamiento de Alaró de dejar sin efecto la resolución judicial por "imposibilidad legal y/o material" de cumplirla.
Además, la juez del juzgado de lo contencioso-administrativo número uno de Palma que ha emitido el auto impone las costas del incidente al Consistorio 'alaroner'.
El auto judicial considera de "obligado cumplimiento" la resolución anterior porque "no es posible dejar de ejecutar una sentencia firme que ha declarado y resuelto que la edificación invade un vial público". Y añade: "sea mucho o poco lo que ha sido objeto de construcción ilegal y causa de la anulación de la licencia, es preciso que lo ilegal sea repuesto y devuelto a la legalidad del planeamiento infringido". Según el juzgado, "habrá que buscar una solución técnica constructiva más ajustada que adecúe la realidad infringida y asegura la estabilidad del edificio" y añade que esta dificultad técnica "no es causa de inejecución de la sentencia".
Asimismo, el nuevo auto repite los argumentos de la resolución anterior en el sentido de que la modificación del planeamiento realizada por el Ayuntamiento para legalizar la irregularidad urbanística no puede ser un motivo para no cumplir la sentencia. "La causa de imposibilidad de ejecución de la sentencia, con la consiguiente sustitución por la indemnización de daños y perjuicios, es admisible siempre y cuando dicho cambio de planeamiento no hubiere sido ejecutado con la única y estricta finalidad de evitar y sortear el pronunciamiento judicial firme que declaró la ilegalidad de la actuación urbanística", concluye la sentencia de 2014.
El nuevo auto añade que el fallo "no puede ser más claro" y por este motivo no aporta nuevos argumentos en apoyo de los "acertados razonamientos" expuestos por el TSJB con anterioridad.