Palma: la ´Ley Company´ es insuficiente para regularizar las parcelas rústicas ilegales |
(Diario de Mallorca, 29/10/2013)
Cort deberá esperar a la aprobación de la Ley del Suelo y a la modificación del Plan Territorial de Mallorca
J. Capó. Palma La denominada Ley Company de medidas urbanísticas es insuficiente para que el ayuntamiento de Palma pueda regularizar la situación urbanística de las aproximadamente 100 parcelaciones rústicas ilegales contabilizadas en el término municipal de Palma.
Este hecho se puso de manifiesto en la gerencia de urbanismo celebrada ayer, en la que se informó desfavorablemente la consideración como asentamiento en medio rural de la parcelación rústica ilegal denominada Son Reus II, con el fin de obtener el permiso de urbanización y de dotación de servicios. La denegación, que puede hacerse extensiva con matices al resto de parcelaciones, se acordó en base al informe desfavorable del servicio jurídico administrativo de Planeamiento.
En él se indica que Son Reus II es una parcelación urbanística de carácter ilegal formada por unas pocas parcelas, en la que, a lo largo de sus 30 años de existencia, se han realizado obras ilegales no amparadas por licencia municipal.
Además, no figura en la relación de Zonas de Régimen Especial incluidas en suelo rústico ni consta de ningún plan especial que ampare esta zona.
De esta forma, se indica que se trata de una parcelación rústica de carácter ilegal, por lo que "no se puede acceder a su consideración como asentamiento en el medio rural, puesto que en la práctica supondría legitimar unas actuaciones ilegales en suelo rústico".
Por otra parte, los técnicos municipales indican que el artículo de la denominada Ley Company que posibilitaría la declaración de la urbanización como un asentamiento en medio rural "es una potestad del Ayuntamiento, basada en los criterios de legalidad, conveniencia, oportunidad y en el interés general".
Otra cuestión considerada por los técnicos para desestimar la petición consiste en que Palma en estos momentos ha agotado la posibilidad de crecimiento residencial, por lo que un cambio de clasificación de rural a urbano supondría un incremento del uso residencial prohibido hasta que no se cambie el Plan Territorial de Mallorca