El TSJB anula un embargo de Santa Eulària de 2005 |
(Diario de Ibiza, 6/02/2013)
El Ayuntamiento no acreditó la notificación del apremio de 25.242€ por una infracción urbanística
E. R. | IBIZA. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha anulado el embargo que el Ayuntamiento de Santa Eulària ejecutó en 2005 para cobrar una sanción económica de 25.242 euros impuesta a la sociedad Pirbo S. A. por la ejecución de unas obras ilegales. En concreto, se realizaron obras de ampliación de una vivienda y una pérgola, así como la modificación de un vallado sin la correspondiente licencia.
La sociedad sancionada recurrió a los tribunales, que, en primera instancia, dio la razón al Consistorio. Ahora, sin embargo, el TSJB retrotrae las actuaciones del Consistorio hasta el decreto, de 16 de julio de 2001, en el que se acordó la sanción.
El TSJB da la razón a Pirbo S. A. porque ni el Ayuntamiento ni la sentencia de primera instancia dieron validez al escrito que, a modo de recurso, presentó la sociedad sancionada «en tiempo y forma», en el cual se denunciaba todo el procedimiento y se pedía su anulación. El Consistorio tampoco acreditó la notificación de la providencia de apremio, «motivo suficiente para anular la diligencia de embargo», según la sentencia del TSJB.