Sant Antoni ordena derribar un grupo de obras ilegales en Sant Mateu |
(Diario de Ibiza, 14/05/2012)
Un particular edificó varias construcciones en zona protegida como ARIP sin pedir siquiera licencia
JOAN LLUÍS FERRER | IBIZA El Ayuntamiento de Sant Antoni ha ordenado derribar un grupo de construcciones levantadas de forma ilegal en Sant Mateu, en una zona protegida con la categoría de Área Rural de Interés Paisajístico (ARIP), después de que una sentencia confirmara hace tres años la ilegalidad de tales obras y condenara a su promotor a la pena de seis meses de prisión, así como al pago de una multa económica.
Tras reactivar el expediente de disciplina urbanística abierto antes de esa sentencia –y que quedó paralizado precisamente por este proceso judicial–, el Ayuntamiento acaba de aprobar la demolición de todo lo construido de forma ilegal y la notificación al promotor «ha llegado ya o está a punto de llegar», confirmó el concejal de Urbanismo de Sant Antoni, Pepe Torres.
Según la sentencia emitida en abril de 2009 por el juzgado de lo penal número 2 de Ibiza, Francisco Periáñez Rayas, dueño de la entidad Automóviles Peri SL, cometió un delito contra la ordenación del territorio al construir, sin obtener ni pedir licencia de ningún tipo, un conjunto de casas de madera unidas y comunicadas entre sí que ocupaban en total casi 100 metros cuadrados, así como otra obra de 71 metros cuadrados, una tercera de 240 metros y una piscina de 7x3,5 metros, todo ello en una zona protegida por la Ley de Espacios Naturales (LEN) como ARIP.
El concejal de Urbanismo confirmó que el expediente de infracción abierto en su día «está concluido y se resuelve que deberán derribarse todas las construcciones ilegales», aunque admitió que esta decisión «se ha demorado un poco» [Nota de Disúrbia: "un poco"??], pues han trascurrido tres años desde que recayó la citada sentencia penal contra el promotor. También aludió Torres a las adversas circunstancias personales del condenado, a pesar de lo cual recordó que «si una cosa está mal hecha, está mal hecha».En caso de que el responsable de los hechos no ejecutara la orden de derribo, sería el Ayuntamiento el que se ocuparía de ello de forma subsidiaria, derivándole luego los gastos al propietario, tal y como prevé la legislación vigente.
Denuncias vecinales
Las denuncias contra este conjunto de construcciones, situadas al pie un monte que linda con el Pla de Sant Mateu, cerca de la carretera que lo circunvala, fueron impulsadas por un vecino de nacionalidad alemana, Bernd Dücker, abogado de profesión, que en septiembre del año pasado apremió al Ayuntamiento de Sant Antoni a adoptar las medidas necesarias para proceder a la demolición de las construcciones.
Dücker le recordó entonces que existían expedientes sancionadores en marcha desde 2004 pero que aún no se habían resuelto en ningún sentido.
Ayer, este vecino manifestó a este periódico su intención de exigir la ejecución de la demolición y lamentó la falta de actuación del Ayuntamiento, pero el concejal de Urbanismo negó categóricamente que hubiera parálisis en el caso.
Según la sentencia, el condenado se amparó en que, debido a «la enfermedad de su hijo, necesita una casa en el campo, para tener contacto con ciertos animales, en este caso caballos», pero la juez cuestiona que dicha terapia «tuviera que llevarse a cabo en un domicilio particular y no, por ejemplo, en un centro social o recreativo, como puede ser un picadero».
A pesar de que lo había pedido la Fiscalía, el Ayuntamiento y los denunciantes particulares, la juez no obligó a derribar estas obras, sino que lo dejó a la libre elección de la Administración, la cual ha decidido «ser consecuente» y pedir la demolición.