Sant Joan: el alcalde se dispone a dictar orden de derribo contra una obra en na Xemena |
(Diario de Ibiza, 8/09/2011)
Una sentencia del TSJB confirma la ilegalidad de una piscina y un garaje en pleno acantilado
J. LL. FERRER | IBIZA. El Ayuntamiento de Sant Joan ha iniciado los trámites administrativos para dar cumplimiento a una sentencia dictada el pasado mes de marzo por el que se confirma la ilegalidad de partes de una construcción levantada en el acantilado de na Xemena y, al mismo tiempo, condena al Consistorio a «restaurar la legalidad» infringida. Las obras consistieron en la construcción de una piscina y de un garaje que incumplen los parámetros urbanísticos vigentes en este paraje costero.
El alcalde de Sant Joan, Antoni Marí, Carraca, confirmó ayer que tras recibirse la sentencia se procedió a solicitar al promotor que presentara un proyecto de legalización, pero consumido el plazo otorgado de dos meses, dicho proyecto no ha sido registrado en las dependencias municipales, por lo que ahora «vendrá lo que vendrá». «Por lógica, ha de ser la demolición», añadió Marí, quien dijo que el expediente está siendo instruido según lo previsto en la ley.
El alcalde recordó que la normativa vigente prevé que, en estos casos, si no se puede legalizar la infracción «se acordará la demolición de las obras a costa de los interesados».
Actuación «poco diligente»
La sentencia, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), califica de «poco diligente» la actuación que tuvo el Ayuntamiento de Sant Joan en relación con las reiteradas denuncias presentadas por un vecino de la zona contra estas construcciones. La resolución judicial admite que, al haberse presentado denuncias ante otros organismos y haberse abierto también una vía penal, el procedimiento se ralentizó de forma notable, pero «ello no es óbice para que el Ayuntamiento resolviera dicho expediente, porque tiene la obligación de hacerlo en su condición de garante de la legalidad urbanística». «Ninguna de estas incidencias impedían a la Administración tramitar dicho expediente y en su caso proceder a la apertura del expediente sancionador, reiteradamente solicitado por la parte [denunciante]», añade la sentencia.
Los magistrados afirman que «el resultado es que, denunciadas esas obras ante el Ayuntamiento de Sant Joan por primera vez en año 2004, a fecha actual, el Ayuntamiento todavía no ha dado respuesta al denunciante de unos hechos que, a su juicio, constituyen infracciones urbanísticas», lo que representa una «actuación contraria a los estándares mínimos de eficacia que le son exigibles por su posición de garante de la legalidad urbanística».
Condenado a derribar
Por todo ello, el fallo establece: «Condenamos al Ayuntamiento a que sin más excusa ni demora tramite y resuelva el expediente de restauración de legalidad», así como «se depuren responsabilidades disciplinarias si las hubiere».
Con este fallo se da la razón al vecino denunciante, que previamente vio cómo se archivaban sucesivamente una denuncia presentada en la Fiscalía de Ibiza, otra ante el Consell y otra ante la Demarcación de Costas de Balears.
Las obras, que se encuentran ejecutadas en su totalidad y forman parte de una construcción mayor, provocaron también un fuerte impacto paisajístico en esta zona de acantilado, ya que para edificar la piscina se levantó un muro de 5,27 metros sobre la rasante del terreno, lo que incumple los parámetros de retranqueo. Asimismo, el garaje o trastero añadido incumple también el retranqueo exigido, según los informes periciales que constan en el procedimiento.
Sobre la vivienda principal, los técnicos aseguran que se ajusta a las dimensiones proyectadas.