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Manacor: la Justicia ratifica que el puente elevado es ´ilegal´ y debe ser demolido antes de 2011

(Diario de Mallorca, 26/03/2010)

El TSJB rechaza todos los argumentos del Ayuntamiento y le obliga a aprobar con urgencia un proyecto de derribo

S. SANSÓ / T.O. PORTO CRISTO. La última resolución dictada ayer por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de las Balears (TSJB), ordena al ayuntamiento de Manacor la demolición "completa" del puente elevado sobre el Riuet de Porto Cristo antes del próximo uno de diciembre de este mismo año.

Además, el TSJB ha desestimado la pretensión del Consistorio, que pedía no tirar abajo la infraestructura alegando que el pleno municipal ya ha cedido el vial público al Consell de Mallorca y porque por la obra pasan tanto el cableado eléctrico como las canalizaciones de agua de una a otra parte de la zona húmeda del Cap des Toi.

"Es bien claro que no existe imposibilidad legal de ejecutar la sentencia y, desde luego, la invocada por el ayuntamiento de Manacor es infundada por completo", dicta el auto, que prosigue: "Cedido o sin ceder el ´vial´, el puente es ilegal, la sentencia ordena la demolición del puente y el ayuntamiento de Manacor tiene que cumplirla así como el Tribunal tiene que hacerla cumplir".

Así, se requiere también al propio alcalde del municipio, Antoni Pastor (PP), que antes del uno de julio de 2010 presente ante el Tribunal el proyecto de demolición, "debidamente aprobado por el correspondiente acuerdo municipal", y que antes del uno de octubre del mismo 2010, presente a su vez y ante el mismo TSJB "cumplida justificación del inicio de las obras de demolición del puente por la empresa a la que se le hubieran previamente adjudicado las obras".

Finalmente el auto dicta que, transcurrido cualquiera de los plazos antes fijados, será el propio Tribunal quien "procederá a hacer efectivo lo mandado al alcalde de acuerdo con lo establecido en el artículo 112 de la Ley 29/1998".

Cabe recordar que la obra se inició en 2003 y fue abierta al tráfico en mayo de 2004, con un coste total de casi 1,1 millones de euros, pagados en su momento a partes iguales por el Govern, el Ayuntamiento y el Consell de Mallorca.

Todo el entramado de demandas (una conjunta para lograr su derribo y cuatro particulares reclamando daños y perjuicios) y sentencias posteriores, comenzaron cuando el Consistorio decidió llevar a cabo dicho proyecto vial, de 7,5 metros de altura por 11 de ancho, y que dejaba parte de la finca también denominada Cap des Toi, literalmente bajo el puente.

Versión Municipal. ´La actuación procesal del Ayuntamiento ha sido la correcta´

El Consistorio, dirigido por PP-Agrupació Independent de Porto Cristo, y defendido por el abogado Felipe Pou, ha reiterado que su actuación procesal "ha sido siempre la correcta", cuestionando a los vecinos que denuncian los perjuicios que ha conllevado la polémica infraestructura viaria. En este sentido, la Sala exige "que no hablen los demandantes en nombre del pueblo ya que no lo representan". Respecto al contencioso que interpuso el Ayuntamiento contra el Consell, finalmente se desistió. "Nada tuvo que ver con ello ni el director insular de Carreteras ni la tramitación de la modificación del Plan de Carreteras".

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