Alcúdia: el Consell ratifica la ilegalidad del chalet del regidor de Urbanismo |
(Diario de Mallorca, 25/02/2010)
La institución rechaza el recurso de Seguí contra el acuerdo que declaró fuera de ordenación su casa de Alcúdia
JOAN FRAU. INCA. El Consell Executiu del Consell de Mallorca ha desestimado, en base a un informe técnico fechado el pasado 17 de febrero, el recurso de alzada presentado en abril de 2006 por el regidor de Urbanismo de Inca, Bartomeu Seguí (PP), contra un acuerdo de la comisión insular de Ordenación del Territorio del 3 de marzo de ese mismo año que declaraba "fuera de ordenación" la vivienda unifamiliar que el regidor posee en una zona rústica del municipio de Alcúdia, a pesar de que la comisión urbanística consideró que la infracción urbanística que se había cometido ha prescrito.
De esta forma, la institución supramunicipal concluye que el chalet de Seguí está fuera de ordenación y avala el corte de suministro eléctrico a la vivienda irregular que el Consell había ordenado a la compañía Gesa-Endesa y que ésta hizo efectivo el día 3 de febrero.
El caso resuelto ahora por el Consell se remonta a julio de 1988, cuando el ayuntamiento de Alcúdia concedió la licencia de obras para levantar una vivienda unifamiliar en una zona rústica. Oficialmente, las obras del chalet finalizaron en noviembre de 1990, aunque tres años después se abrió un expediente de infracción urbanística por realizar obras al margen de la licencia. En 1997, Seguí reclamó el certificado municipal de finalización de las obras, pero no se le concedió porque, entre otros requisitos, el constructor no aportó el certificado de inscripción en el registro de la propiedad de la indivisibilidad de la finca, una de las condiciones establecidas en la licencia de construcción.
Posteriormente, se constató que después de haberse solicitado el final de obra se ejecutaron nuevas construcciones como una piscina, parte del sótano y algunas terrazas.
El concejal Seguí había alegado en su recurso que el Consell no podía declarar el edificio en situación de fuera de ordenación ni ordenar el corte del suministro eléctrico porque son medidas complementarias de una orden de demolición que no podía adoptarse porque la infracción había prescrito. Sin embargo, el reciente informe técnico de la institución insular considera que ambas soluciones "son consecuencia ineludible de la comisión de la infracción", tal y como está recogido en la Ley de edificios e instalaciones fuera de ordenación, por lo que las medidas "no están afectadas por la prescripción de la infracción".
Según el Consell, la infracción urbanística "está constatada", a pesar de que el acuerdo de la comisión de Ordenación del Territorio impugnada por Seguí admitía la prescripción de la ilegalidad. Sin embargo, el nuevo informe del Consell "discrepa" sobre la posible prescripción de la infracción al cuestionar la fecha de noviembre de 1990 como el punto de partida del plazo de prescripción ya que resulta "bastante evidente" que se realizaron obras con posterioridad al certificado firmado por los directores de la licencia.
Por todo ello, el Consell ha acordado desestimar el recurso de alzada de Bartomeu Seguí y ratifica la declaración de fuera de ordenación de la vivienda unifamiliar del regidor de Urbanismo de Inca.
El edil del PP demanda al Consell ante el juez por daños patrimoniales
El edil de Urbanismo Bartomeu Seguí anunció ayer que ha presentado una demanda judicial contra el Consell de Mallorca para reclamar una indemnización por daños patrimoniales al entender que el acuerdo de la comisión urbanística que declaró su chalet fuera de ordenación es ilegal. Seguí denuncia que entre su recurso y la reciente resolución del Consell hayan pasado más de tres años.