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Palma: la alcaldesa deberá pagar 1.000 euros al mes de multa si no derriba unas obras ilegales

(Diario de Mallorca, 30/06/2009)

El expediente de infracción se inició hace más de 20 años, en 1987, y desde 2000 hay sentencia firme del Tribunal Superior

JOSEP CAPÓ. PALMA. La alcaldesa de Palma, Aina Calvo, dispone del plazo de dos meses para que dé las instrucciones oportunas a los servicios jurídicos y técnicos municipales para que éstos establezcan una "hoja de ruta" para la ejecución de una orden de demolición de unas obras ilegales que se realizaron hace más de 20 años.

Así lo establece la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) en un auto dictado a principios del presente mes de junio, aunque conocido ayer. La resolución judicial establece que, en caso de incumplimiento, la alcaldesa deberá hacer frente con "su patrimonio personal" a multas pecuniarias coercitivas, previa audiencia de la afectada, a razón de 1.000 euros mensuales durante los tres primeros meses, y de 600 euros semanales hasta el total cumplimiento de lo acordado.

La demolición afecta a unas obras de parcelación ilegal iniciadas en 1987 "en el ángulo obtuso" de la calle Tarragona, situada en la barriada de Son Anglada. Si bien inicialmente las obras consistían en la apertura de dos viales, la ejecución de una zanja y la supresión "de unos 15 almendros", ahora, tras más de 20 años, se levantan un total de 14 viviendas, todas ellas ilegales, y que cuentan también con expedientes de infracción urbanística abiertos.

La sentencia que el auto del TSJB obliga a la alcaldesa a ejecutar incluye expresamente "la demolición de las obras realizadas en dichos terrenos de parcelación ilegal", hecho que, en principio, afectaría también a las 14 viviendas. No obstante, desde el Ayuntamiento han solicitado una aclaración de la resolución en este sentido, por cuanto, si bien todas las casas cuentan con expedientes de infracción, ninguno de ellos ha llegado al punto de ordenar el derribo.

El Alto Tribunal es consciente de la "complejidad" de la ejecución de la demolición, aunque insiste en que "es preciso fijar pautas temporales para la completa ejecución de la sentencia dado que el Ayuntamiento ha mostrado hasta la fecha un absoluto abandono del deber de restitución de la legalidad que, por ley, le viene impuesto".

Por ello, "a efectos de ordenar esa compleja ejecución" se concede al Ayuntamiento el plazo de dos meses para que los servicios técnicos y jurídicos establezcan una "hoja de ruta" con las sucesivas etapas por las que la ejecución deba atravesar.

No obstante, la sala considera que la ejecución de la sentencia debe realizarse en el plazo máximo de 24 meses. En diez días Cort deberá identificar ante la Sala a los actuales propietarios de los terrenos afectados con sus correspondientes parcelas. La Sala establece también que el Ayuntamiento debe notificar a los propietarios afectados.

Las obras ilegales fueron denunciadas por la asociación de vecinos de Ses Cases de Son Anglada en 1987. Un informe del celador municipal que data de septiembre de este mismo año constata la ilegalidad de las obras. Con posterioridad, este mismo mes, la gerencia de Urbanismo ordena la paralización y, en junio de 1988, la demolición de las obras.

El alcalde Ramón Aguiló designó en junio de 1989 a la empresa para ejecutar la demolición. En 2001 se dicta un decreto para disponer la ejecución subsidiaria y, desde esta fecha hasta febrero de 2009, el expediente ha estado paralizado durante ocho años.

Otros dos alcaldes deben responder con sus patrimonios personales

J. CAPÓ. PALMA. El caso de la alcaldesa de Palma, Aina Calvo, que se verá obligada a responder con su patrimonio personal si no acata el auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) no es aislado. En la misma tesitura se han encontrado en los últimos meses los actuales alcaldes de Santa Margalida, Martí Torres, y el de Deià, Jaume Crespí.

En ambos casos también porque sus antecesores no ejecutaron órdenes de demolición dictadas por tribunales de justicia contra obras ilegales. En ninguno de los dos casos las irregularidades se han cometido bajo sus mandatos.

Otra cuestión que aclara el último auto del Tribunal Superior es de dónde debe proceder el dinero para hacer frente a las multas coercitivas. Si bien se señala a la "Alcaldía" como responsable última de la ejecución, se indica que, si se incumple, "se estaría en el caso de proceder a la compulsión coercitiva sobre su patrimonio personal". De esta forma, esta claro que, si se imponen por este motivo multas a la máxima autoridad municipal, ésta debe hacer frente a esta obligación con dinero de su bolsillo.

En el caso del alcalde de Santa Margalida las multas impuestas se referían a la no ejecución de una demolición en Can Picafort.

El alcalde de Deià se enfrentaba a multas de 600 euros al mes durante los dos primeros meses y con peridiocidad semanal después, por no haber ordenado la demolición de los cuatro chalés ilegales de Llucalcari. A principios de mes el TSJB suspendió la ejecución de la multa provisionalmente atendiendo a un recurso del alcalde.

2009-06-30 | Etiquetes: , , , , | Categories: Mallorca | Enllaç

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