Santa Eulària: la juez absuelve a todos los implicados en la urbanización de ses Torres de Jesús |
(Diario de Ibiza, 17/06/2009)
La magistrada acusa de temeridad y mala fe a la acusación popular que ejercía Esquerra Unida y condena a la coalición a pagar las costas procesales del promotor y la ex arquitecta municipal. Ramírez considera que la tramitación de ses Torres fue correcta
IBIZA | ALBERTO FERRER. Tras casi nueve años de investigaciones, la sentencia del caso ses Torres echa por tierra los argumentos de la Fiscalía y la acusación popular, que ejercía Esquerra Unida, y avala la tramitación del polémico suelo urbanizable de Jesús. La juez Clara Ramírez no aprecia indicios del ´pacto entre caballeros´ acordado supuestamente entre el ex alcalde de Santa Eulària, Vicent Guasch, y el promotor Germán Vázquez para urbanizar y edificar en una zona no urbanizable de ses Torres de Jesús a cambio de una cesión mayor de metros para equipamientos públicos y desestima las acusaciones de prevaricación contra Guasch, el entonces teniente de alcalde, Vicent Riera, el aparejador municipal, Vicent Marí, y el ex asesor legal, José María Roig Vich, a los que también absuelve.
Ramírez acusa de temeridad y mala fe a Esquerra Unida, que mantuvo los cargos contra Vázquez y la ex arquitecta municipal, Raquel García. La magistrada no escatima descalificativos a la actuación de la coalición por haber mantenido los cargos «infundadamente». En el caso de la ex arquitecta, se le imputa haber emitido un informe favorable a la edificación cuando «es evidente que su informe ni es favorable, ni informa un proyecto de edificación ni una licencia y resalta una serie de irregularidades que aprecia» en una modificación del estudio de detalle de la urbanización y «así lo puso de relieve el ministerio Fiscal cuando solicitó el sobreseimiento de la causa».
A pesar de que esas deficiencias en aquel informe son las que sustentan, en parte, la acusación de la Fiscalía y EU, la juez considera que el trámite fue correcto. La juez también recuerda que el Ministerio Público descartó presentar cargos contra Vázquez porque «es evidente» que no se ha ejecutado «una edificación no autorizable en suelo no urbanizable», como le imputa la acusación popular, sino que el promotor obtuvo «las aprobaciones y licencias de parcelación y segregación necesarias sobre un suelo que en modo alguno consta que sea no urbanizable».
En la base del razonamiento jurídico de la sentencia, dada a conocer ayer, está la disyuntiva sobre si el Plan de Delimitación del Suelo Urbano, que utilizó Santa Eulària como instrumento de planeamiento durante algunos años, quedó anulado por una sentencia de 1997 o no. La magistrada recoge la opinión de los letrados del Consell que declararon en la vista oral, el Ministerio Público y la acusación popular, según la cual el PDSU era nulo de pleno derecho. Pero la magistrada opta por una interpretación «igual de válida», que propuso Roig Vich, defendiéndose a sí mismo en este caso, según la cual el PDSU no había quedado invalidado porque la nulidad aparecía en un fundamento jurídico y no en el fallo de dicha sentencia.
Roig Vich recogió una sentencia reciente de la sala de lo contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Balears (autor también de la sentencia de 2007) que en aquel caso no aplicó el PDSU por contener normas de ordenación impropias de este tipo de instrumento y no tanto por la delimitación de urbanos que se realizó. Ramírez considera que desde la aprobación de las Normas Subsidiarias de Santa Eulària, ses Torres es «indiscutiblemente suelo urbano». «En consecuencia, es irrelevante todo lo sucedido con respecto al PDSU», agregó.
La magistrada considera que la intervención de los encausados fue correcta, incluso a la hora de analizar los informes jurídicos de Roig Vich, que avalaron que se siguiera usando el PDSU para tramitar la urbanización: «Vienen argumentadas jurídicamente de una forma razonable, aunque dicha argumentación no sea compartida».
En cuanto al papel del ex alcalde, Vicent Guasch, la juez considera que aunque su defensa argumentó que desconocía la normativa y se dejó guiar por los técnicos, esto no le eximiría de posibles responsabilidades penales. En cambio, Ramírez opina que no se puede imputar a Guasch al votar el estudio de detalle y la urbanización de ses Torres «cuando ni los técnicos en Derecho se ponen de acuerdo» respecto al alcance de la sentencia de 1997. Esta misma argumentación se aplica al caso de Vicent Riera, que por aquel entonces presidía la Comisión Municipal de Turismo y Urbanismo.
En cuanto a la intervención del ex asesor legal del alcalde, la juez considera que no se le puede imputar un delito de prevaricación urbanística porque sólo emitió un informe en el que genéricamente se respaldaba la aplicación del PDSU, y no avalaba una edificación concreta, que es lo que estipula el Codigo Penal como circunstancia concurrente para este tipo de delito.
Ramirez valora del mismo modo el informe elaborado por el aparejador municipal, Vicent Marí, sobre el proyecto de urbanización. En este caso, Ramírez recuerda que no se trataba de autorizar una edificación, sino que se aprobó, con su dictamen, la ejecución de un instrumento de planificación urbanística y no la obtención de licencias.