Sant Antoni: condenado a seis meses de cárcel por construir unas casas ilegales en el Pla de Sant Mateu |
(Diario de Ibiza, 18/04/2009)
El acusado aseguró en el juicio que lo había hecho para ayudar a su hijo, que había quedado tetrapléjico, ya que allí pretendía hacer terapia con caballos
EIVISSA | N. G. G. La titular del Juzgado de lo Penal número 2, Martina Rodríguez, ha condenado a seis meses de cárcel y a pagar 1.080 euros de multa al hombre procesado por construir varias casas de madera y una piscina sin la correspondiente licencia en la zona del Pla de Sant Mateu. El ahora condenado, F. P. R., alegó haberlo hecho para ayudar a su hijo, que quedó tetrapléjico en un accidente de tráfico, ya que allí pretendía llevar a cabo una terapia con caballos.
F. P. R. fue juzgado el pasado día 17 de febrero como presunto autor de un delito continuado contra la ordenación del territorio, en relación a las construcciones, y de una falta de desobediencia, por no parar las construcciones sobre las que el Ayuntamiento de Sant Antoni le había expedientado.
La Fiscalía pidió un año y seis meses de cárcel, una multa de 9.000 euros y la demolición de las construcciones, mientras que la acusación particular ejercida por el Ayuntamiento de Sant Antoni solicitó una multa de 18.000 euros y el derribo de las edificaciones. A su vez, la defensa del procesado pidió su libre absolución o, en el caso de que fuera condenado, que se le tuviera en cuenta la circunstancia atenuante de error invencible.
La sentencia, dictada el pasado día 1 y hecha pública ayer, recoge que el procesado administraba una empresa que tenía en propiedad una finca ubicada en el Pla de Sant Mateu con una superficie catastral total de 11.260 metros cuadrados que, según el Plan Territorial Insular (PTI) de Sant Antoni, es terreno en suelo rústico protegido como Área Rural de Interés Paisajístico (ARIP).
La magistrada considera probado que en diciembre de 2003, el acusado, «careciendo de toda licencia y autorización porque ni siquiera la había solicitado», inició la construcción de un conjunto de casas de madera unidas y comunicadas interiormente con una superficie construida de 93,95 metros cuadrados. Además, hizó otras dos edificaciones de 71,90 y 240,60 metros cuadrados, así como una piscina. Tras una denuncia, el Consistorio de Sant Antoni incoó dos expedientes sancionadores, uno de los cuales ha caducado, y en enero de 2004 ordenó la paralización de las obras, a lo que el denunciado hizo «caso omiso».
En la argumentación de su fallo, la juez resalta que está acreditado que F. P. R. realizó las obras, que éstas no tenían autorización alguna, que no intentó legalizarlas y que infringen la consideración de suelo protegido por la superficie de parcela mínima que se exige para construir (25.000 metros cuadrados), los parámetros urbanísticos y la tipología de la construcción. Indica que no puede considerarse la atenuante pedida por la defensa porque él reconoce que lo volvería a hacer y sabía que había una orden de paralización.
Sobre el derribo de las construcciones, la juez acuerda que debe ser la administración competente la que lo decida una vez acabado el correspondiente expediente sancionador, porque no está claro que no sea legalizable.