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Bitàcora sobre la disciplina urbanística a les Illes Balears
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La nueva Ley del Suelo restringe los campos de golf y prohíbe parcelar el terreno rústico

(El Mundo, 30/12/2008)

DANIEL ÁLVAREZ. PALMA.- La nueva Ley del Suelo elaborada por el Bloc restringirá la construcción de campos de golf en Baleares, prohibirá la parcelación urbanística de suelo rústico, eliminará las áreas de reconversión (ART) que prevén un aumento de plazas turísticas o residenciales y castigará a los cargos públicos que cometan infracciones urbanísticas. Esta última cuestión será considerada un agravante a la hora de poner sanciones [Nota de Disúrbia: no, si ja ho és: art. 34.1.b) de la Llei de disciplina urbanística], como también los casos de los infractores que tengan conocimientos de la normativa urbanística o de quienes continúen con unas obras después de que se haya acordado paralizarlas [Nota de Disúrbia: és que no s'enteren, això ja existeix als articles 34.3.a) i 34.1.e) de la Llei ja esmentada]. Por el contrario, será un atenuante paralizar las obras después de recibir un aviso por parte de un inspector [Nota de Disúrbia: o sia, complir amb la teva obligació és una circumstància atenuant??].

Una de las novedades del texto del departamento de Movilidad y Ordenación del Territorio que dirige Gabriel Vicens (PSM) afecta a la construcción de campos de golf. Al respecto, establece que la concesión de una declaración de interés general podrá ser denegada en base a "criterios de inoportunidad". Tales criterios dependerán de un amplio abanico que comprende "razones de su incidencia territorial o pasaijística, la afectación de los recursos naturales o la oferta de campos de golf ya implantada en cada isla". Además, determina que "en ningún caso" pueden contemplar usos residenciales ni de alojamiento turístico.

La futura ley también eliminará muchas de las recalificaciones aprobadas en su día por el PP y UM en el Consell de Mallorca y que investiga la Fiscalía Anticorrupción. El texto establece que no se desarrollarán las que impliquen un aumento del aprovechamiento urbanístico, aunque "excepcionalmente" lo podrán prever "cuando se justifique por razones de viabilidad económica" y si cuenta con "un informe favorable" del Govern.

Por otra parte, el texto "prohíbe" las parcelaciones urbanísticas en suelo rústico [Nota de Disúrbia: uff!! Això si que és vell... Per no remuntar-nos a dècades enrere, basta veure l'art. 27.2.a) de la Llei de disciplina urbanística], así que no podrá llevarse a cabo la división de terrenos en dos o más porciones que "pueda inducir" a la formación de nuevos asentamientos, entendiéndose como tal "una concentración aislada de población o de otros usos típicos de desarrollo urbano dentro de un municipio que requieren una determinada dotación de servicios o suministros".

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