Formentera: el fiscal reclama el derribo de las obras ilegales de los apartamentos Dunas Playa |
(Diario de Ibiza, 14/09/2008)
El Ministerio Público recurre la sentencia que condena a un año y medio de cárcel a los propietarios y solicita una pena mayor por desobediencia
EIVISSA | E. RODRÍGUEZ La Fiscalía de Eivissa ha presentado un recurso de apelación contra la sentencia de los apartamentos Dunas Playa, en Formentera, en el que reclama a la magistrada-juez del Juzgado de lo penal número 2, Martina Rodríguez, que ordene el derribo de las obras ilegales efectuadas por la propiedad y se la condene también por un delito de desobediencia, tal como solicitó en el juicio. La sentencia apelada condenaba a los propietarios del complejo turístico a una pena de un año y medio de cárcel y al pago de 16.200 euros de multa por un delito contra la ordenación del territorio al ejecutar distintas obras de ampliación del establecimiento sobre una zona de máxima protección (ANEI) sin licencia.
En concreto, los condenados realizaron sin autorización un amplio solarium y una piscina, con una superficie de 180 metros cuadrados, dos estudios anexos a dos chalets, la ampliación de otro chalet que se reconvirtió en recepción y sala de espera y tres nuevos apartamentos en lo que era el antiguo edificio de servicios generales. La juez no se pronunció en la sentencia sobre la demolición de estas estructuras ilegales del complejo turístico a la espera de la resolución de los expedientes de legalización en curso. La Fiscalía solicita el derribo de las obras porque al construirse sobre una zona ANEI y en la franja de servidumbre de protección de Costas no cabe la posibilidad de que sean legalizadas. También apunta que la demolición no perjudica a terceros.
Por otra parte, el Ministerio Público sostiene que la juez «incurre en un error» al no condenar a los propietarios del establecimiento por un delito de desobediencia. En la sentencia, la juez justificaba su decisión haciendo referencia a la existencia de acuerdos de desprecinto motivados en el hecho de que en alguna ocasión la Administración dirigió los requerimientos a la persona que no era titular o promotora de las obras sin licencia. El fiscal sostiene que las comunicaciones y mandatos iban dirigidos al acusado, que, junto a su esposa, también condenada, dirigía y tenía «el poder de disposición de cuanto acontecía en su complejo turístico». Además, recuerda que en el juicio quedó constatado a través de testigos el «continuo, repetido y persistente desprecio de los acusados hacia las órdenes y mandatos del Ayuntamiento durante varios años, en los que construyeron interrumpidamente». «Creemos que tal actitud es merecedora de sanción penal,..., por la conducta antisocial y despectiva hacia instituciones democráticas, a las que se obliga a emplear multitud de tiempo y energía en hacer cumplir la legalidad en perjuicio de aquellos ciudadanos que a través de sus impuestos observan como otros intereses dignos de atención son pospuestos a causa de conductas como la enjuiciada». El fiscal pedía una pena de cárcel de seis años y medio y 36.000 euros de multa.