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Bitàcora sobre la disciplina urbanística a les Illes Balears
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Sant Antoni: el TSJB invalida el principal argumento del Grupo Matutes sobre ses Variades

(Diario de Ibiza, 8/07/2007)

Eivissa | J. Ll. Ferrer
Una sentencia dictada en 2002 por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que desestimó el recurso presentado por una promotora urbanística ibicenca invalida el principal argumento esgrimido por el Grupo de Empresas Matutes para tratar de negar la existencia de una recalificación en los terrenos de ses Variades, que pasaron de ser rústicos a urbanos con la aprobación del Plan Territorial Insular, según la denuncia de la Fiscalía. El citado grupo empresarial había esgrimido la existencia de un recibo del pago de contribución urbana que, a su juicio, demostraba la condición de suelo urbano que tenía el solar antes de la aprobación del PTI.

Sin embargo, la citada sentencia considera que la existencia de este tipo de recibos «carece de trascendencia», pues a menudo incluso los suelos rústicos aparecen como urbanos a efectos del Catastro, sin que ello equivalga a su clasificación urbanística real.

En concreto, la resolución judicial señala: «En cuanto a la alegación de que la condición de urbanos de los terrenos tuviese que resultar de que figurase en el catastro de urbana o de que se hubiesen girado recibos correspondientes al Impuesto de Bienes Inmuebles (...), carece de trascendencia para lo que se pretende». Y añade que si se pagaban estos recibos es porque los terrenos figuraban en el catastro como urbanos y «porque el suelo urbanizable, como el susceptible de urbanización e incluso los terrenos rústicos que se fraccionan en contra de la legislación agraria y se desvirtuase su uso, pertenecen a la clase de `bienes de naturaleza urbana».

Informe jurídico `a posteriori´

Por otra parte, el Grup d´Estudis de la Naturalesa (GEN) replicó ayer las manifestaciones hechas por el alcalde de Sant Antoni, José Sala, quien aseguró que el convenio para la construcción de una urbanización y un puerto deportivo en ses Variades tenía informes técnicos favorables.

La dirigente ecologista Neus Prats señaló que «el convenio urbanístico que se firmó entre el alcalde y la empresa Realia tiene fecha del 24 de febrero de 2005 y, en cambio, el informe jurídico es del 3 de marzo, es decir, una semana después de que se hubiera firmado el convenio». Dicho informe jurídico aparece firmado por la letrada Asunción López.

El citado informe advierte, según el GEN, de que «si el Ayuntamiento no puede cumplir los compromisos adquiridos, lo que sucederá es que la Administración tendrá que indemnizar al promotor». «Esto es peor que lo de Cretu, como si no tuviéramos suficiente con ese caso», señaló Prats, quien opinó que «si se demuestra que el convenio es ilegal y fruto de un delito», no debería ser el Ayuntamiento quien indemnizara, sino personas concretas.

Los ecologistas del GEN reiteraron que tienen previsto realizar una ampliación de su denuncia al disponer de nuevos documentos que confirman los hechos puestos en conocimientos de la Fiscalía.

2007-07-08 | Etiquetes: | Categories: Eivissa i Formentera | Enllaç

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