Eivissa: el TSJB confirma la denegación de licencia para una antena de telefonía móvil |
(Diario de Ibiza, 5/05/2007)
EIVISSA | P. P.
El Tribunal Superior de Justicia de Balears, a través de su sala de lo contencioso-administrativo, ha rechazado un recurso presentado por Retevisión Móvil S. A. (propietaria de la marca comercial de telefonía móvil Amena) contra la negativa del Ayuntamiento de Eivissa de conceder licencia para instalar una estación base de telefonía en la calle Agapito Llobet número 2 de Eivissa.
La empresa argumentaba que se trata de un proyecto diferente al que ya se denegó la licencia en el año 2000, pero «no se preocupa en explicar en qué son distintos» y recuerda que lo que se pretende con esta licencia es «legalizar una instalación ya preexistente» que es «la misma» en el caso de la solicitud presentada en el año 2000 y la petición de 2004. La sala condena a la empresa a pagar las costas del proceso.
EIVISSA | P. P.
El Tribunal Superior de Justicia de Balears, a través de su sala de lo contencioso-administrativo, ha rechazado un recurso presentado por Retevisión Móvil S. A. (propietaria de la marca comercial de telefonía móvil Amena) contra la negativa del Ayuntamiento de Eivissa de conceder licencia para instalar una estación base de telefonía en la calle Agapito Llobet número 2 de Eivissa.
La empresa argumentaba que se trata de un proyecto diferente al que ya se denegó la licencia en el año 2000, pero «no se preocupa en explicar en qué son distintos» y recuerda que lo que se pretende con esta licencia es «legalizar una instalación ya preexistente» que es «la misma» en el caso de la solicitud presentada en el año 2000 y la petición de 2004. La sala condena a la empresa a pagar las costas del proceso.