Sant Josep: la jueza ordena el derribo de las obras ilegales del chalé donde veraneó Aznar |
Condena a la promotora, al arquitecto y al constructor a un año de cárcel por un delito contra la ordenación del territorio. Construyeron sin licencia sobre un área de dominio público y de protección del parque de ses Salines
EIVISSA | EUGENIO RODRÍGUEZ
La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Eivissa, Clara Ramírez, ha condenado a la pena de un año de prisión a Rocío M. S., Jaime R. C. y José P. P., en calidad de promotor, arquitecto y constructor, respectivamente, por un delito contra la ordenación del territorio al ejecutar sin licencia obras de reforma y ampliación de una vivienda situada en la finca Can Toni Fita, en sa Caleta, ocupando terrenos de protección del dominio público marítimo terrestre y del ámbito de protección del Parque Natural de ses Salines. Se da la circunstancia de que el ex presidente del Gobierno, José María Aznar, pasó parte de sus vacaciones del pasado verano en este inmueble.
La jueza también condena a los acusados a una multa de 15 meses con una cuota diaria de 20 euros (9.000 euros en total), a la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión u oficio de promotor, constructor y dirección técnica de obras por el plazo de un año y les obliga a proceder a la demolición de las obras ejecutadas sin la correspondiente autorización. Contra esta sentencia cabe recurso ante la Audiencia Provincial.
Los acusados ejecutaron sin permiso obras de reforma general de la vivienda y de un grupo de cuadras, con la ampliación de la edificación existente, el levantamiento de paredes de bloque de hormigón y la creación de nuevos módulos y volúmenes, jardineras y muros de cerramiento, entre otros elementos. Se construyó, además, un modulo principal nuevo de una superficie de 54,5 metros con dos anexos de 20 y 11,5 metros cuadrados y un cuarto de baño de siete metros cuadrados. La promotora de la obra, que cuenta con antecedentes penales por un delito contra la seguridad del tráfico y otro por omisión del deber del socorro, declaró en el juicio que encargó el proyecto al arquitecto y que no estaba al tanto de las obras. Sabía que se había solicitado licencia de obra (eso fue en octubre de 2003) y que cuando empezaron los trabajos no se había concedido todavía, aunque se disponía de un informe favorable de la conselleria de Medio Ambiente. Cabe tener en cuenta que, inicialmente, la administración autonómica emitió un dictamen a favor de una reforma del chalé (diciembre de 2003), pero que posteriormente el Ayuntamiento de Sant Josep presentó un plano modificado que dio como resultado un informe desfavorable por parte de la conselleria de Medio Ambiente (febrero de 2005).
Por ello, la comisión de gobierno de Sant Josep denegó en mayo de 2005 la concesión de licencia. También señaló que desconocía la importancia que tenía en estos casos la necesidad de obtener licencia antes de iniciar el proyecto. La jueza argumenta que el promotor de la obra, a diferencia de los técnicos, no precisa de condición profesional alguna, pero destaca el principio general sobre el cual «la ignorancia de las leyes no excusa de su cumplimiento».
El constructor no se preocupó de comprobar si las obras contaban con autorización
El arquitecto de las obras ilegales, Jaime R. C., reconoció en el juicio que se ejecutó el proyecto sin licencia, pero que se contaba con el consentimiento tácito del Ayuntamiento, extremo que desmintió el aparejador municipal, Julio Blanco, que, en la vista oral, señaló que al comprobar sobre el terreno el alcance de las obras informó en contra de la concesión de la licencia. El arquitecto alegó en el juicio que inició los trabajos sin autorización porque los ayuntamientos tardan mucho tiempo en conceder las licencias y el cliente quiere que comiencen inmediatamente. La sentencia prosigue que así lo hizo el arquitecto porque, de lo contrario, según dijo, el cliente contrataría a otro profesional, lo cual, según la jueza, «no constituye una excusa».
El constructor, José P. P., señaló que realizó la obras siguiendo las instrucciones del arquitecto y que en ningún momento se preocupó de si se había o no concedido licencia para ello. La jueza resalta que el constructor, antes de iniciar los trabajos, debió cerciorarse de que se contaba con la correspondiente autorización y que, al no hacerlo, se le considera también autor del delito.