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Formentera: el TSJB avala el cierre de la piscina y la terraza del Dunas Playa |
(Diario de Ibiza, 17/02/2007)
La medida cautelar fue adoptada por el Govern al invadir una zona protegida
EIVISSA | REDACCIÓN
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha considerado como ajustada a derecho la resolución adoptada por la Dirección General de Litoral, en agosto de 2002, por la que se decretaba la suspensión del uso y actividad de la piscina y terraza del complejo Dunas Playa, ya que invadía una zona protegida.
El tribunal ha rechazado así el recurso interpuesto por los propietarios de la instalación, quienes consideraban que podían construir la piscina y el resto de elementos con la licencia municipal que habían obtenido y que la resolución del departamento dependiente de la conselleria de Medio Ambiente del Govern incurría en defectos de procedimiento y les provocaba indefensión.
Según recoge el auto, la decisión de precintar esta parte de las instalaciones turísticas y solicitar a GESA el corte del suministro eléctrico es una actuación conforme a derecho y que, lejos de ser una sanción, es una medida cautelar que puede adoptar la administración competente en la materia.
La infracción cometida por los propietarios del Dunas Playa habría consistido por la construcción de una piscina, una terraza-cafetería y un muro que invadían una zona de servidumbre de protección, área de dunas incluida.
Las obras habían sido iniciadas al término de la temporada del año 2000 y fueron finalizadas en el mes de enero del siguiente año.
La medida cautelar fue adoptada por el Govern al invadir una zona protegida
EIVISSA | REDACCIÓN
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha considerado como ajustada a derecho la resolución adoptada por la Dirección General de Litoral, en agosto de 2002, por la que se decretaba la suspensión del uso y actividad de la piscina y terraza del complejo Dunas Playa, ya que invadía una zona protegida.
El tribunal ha rechazado así el recurso interpuesto por los propietarios de la instalación, quienes consideraban que podían construir la piscina y el resto de elementos con la licencia municipal que habían obtenido y que la resolución del departamento dependiente de la conselleria de Medio Ambiente del Govern incurría en defectos de procedimiento y les provocaba indefensión.
Según recoge el auto, la decisión de precintar esta parte de las instalaciones turísticas y solicitar a GESA el corte del suministro eléctrico es una actuación conforme a derecho y que, lejos de ser una sanción, es una medida cautelar que puede adoptar la administración competente en la materia.
La infracción cometida por los propietarios del Dunas Playa habría consistido por la construcción de una piscina, una terraza-cafetería y un muro que invadían una zona de servidumbre de protección, área de dunas incluida.
Las obras habían sido iniciadas al término de la temporada del año 2000 y fueron finalizadas en el mes de enero del siguiente año.