El TSJB anula una licencia para una nave industrial en el polígono de Montecristo |
(Diario de Ibiza, 29/01/2007)
El Ayuntamiento deberá legalizar la construcción, con capacidad para 24 locales comerciales
Eivissa | J. Ll. F.
Una sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha desestimado un recurso interpuesto por el Colegio de Aparejadores contra una resolución que, dando la razón a una demanda del Colegio de Arquitectos, anuló una licencia para una nave industrial de 6.000 metros cuadrados, entre planta baja y piso, de la sociedad Luxender SL, en el polígono de Montecristo. Los arquitectos sostenían que el proyecto de esta nave debía haber sido realizado por un profesional de esta categoría, y no por un aparejador, como era el caso.
La sentencia señala que «las construcciones destinadas a uso público, al asimilarse a viviendas, han de ser proyectadas por técnicos superiores, debiendo siempre velar la Administración por la búsqueda de la mayor seguridad».
«El proyecto técnico referente a la construcción de locales comerciales y almacenes sin uso indefinido promovido por la entidad mercantil Luxender SL debió ser formulado por un arquitecto superior», establece el TSJB.
Independientemente de otras cuestiones alegadas por los aparejadores, «lo importante es comprobar con suficiente detalle los datos cuantitativos y cualitativos de la edificación», que se trata de «una nave industrial de gran envergadura, tanto en sí misma como en su importe económico».
Además, los aparejadores no aportaron pruebas «que demuestren ni la sencillez de la construcción ni la capacidad técnica de estos profesionales para ponerla en práctica sin el axuilio e intervención de arquitectos superiores».
El Ayuntamiento deberá legalizar la construcción, con capacidad para 24 locales comerciales
Eivissa | J. Ll. F.
Una sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha desestimado un recurso interpuesto por el Colegio de Aparejadores contra una resolución que, dando la razón a una demanda del Colegio de Arquitectos, anuló una licencia para una nave industrial de 6.000 metros cuadrados, entre planta baja y piso, de la sociedad Luxender SL, en el polígono de Montecristo. Los arquitectos sostenían que el proyecto de esta nave debía haber sido realizado por un profesional de esta categoría, y no por un aparejador, como era el caso.
La sentencia señala que «las construcciones destinadas a uso público, al asimilarse a viviendas, han de ser proyectadas por técnicos superiores, debiendo siempre velar la Administración por la búsqueda de la mayor seguridad».
«El proyecto técnico referente a la construcción de locales comerciales y almacenes sin uso indefinido promovido por la entidad mercantil Luxender SL debió ser formulado por un arquitecto superior», establece el TSJB.
Independientemente de otras cuestiones alegadas por los aparejadores, «lo importante es comprobar con suficiente detalle los datos cuantitativos y cualitativos de la edificación», que se trata de «una nave industrial de gran envergadura, tanto en sí misma como en su importe económico».
Además, los aparejadores no aportaron pruebas «que demuestren ni la sencillez de la construcción ni la capacidad técnica de estos profesionales para ponerla en práctica sin el axuilio e intervención de arquitectos superiores».