Petra: el TSJB confirma que el Ayuntamiento tendrá que demoler un chalé ilegal |
(Diario de Mallorca, 24/05/2006)
El alto tribunal da la razón al Consell en un caso de urbanismo irregular en suelo rústico
F.ARMENDÁRIZ/M.ADROVER. PALMA.
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado una sentencia anterior por la que se condenó al ayuntamiento de Petra a anular una licencia para edificar un chalé en una parcela rústica por ser ilegal y a "dictar cuantos actos sean necesarios para la restauración del orden urbanístico infringido, inclusive la demolición de las obras realizadas con motivo de la concesión de la licencia".
Los hechos se remontan a febrero del 2001 cuando el consistorio de Petra otorgó una licencia a la empresa Promociones Son Canals S.L. para reformar una supuesta vivienda antigua que existía en una parcela rústica de su propiedad. Tanto la jueza de lo contencioso-administrativo 1 de Palma, como el TSJB, tras estudiar el expediente han llegado a la conclusión de que en aquella finca existió hace muchos años una antigua vivienda de payeses.
Sin embargo, cuando se pidió la licencia, aquella casa "estaba en un estado de abandono tal que podía calificarse, y conceptuarse, de ruina".
Chalé de nueva planta
La comisión insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo actuó de oficio en este caso y pidió al Ayuntamiento que revisara la licencia, dado que no se podía autorizar la reforma de una vivienda inexistente y tampoco se podía permitir la construcción de un chalé nuevo en la parcela rústica, pues ésta tenía tan sólo 8.542 metros cuadrados, cuando la normativa exigía una superficie mínima de 14.000 metros cuadrados.
Las dos sentencias dan la razón al Consell y resaltan, además, que la nueva vivienda se desplazó del punto donde estaban ubicadas las ruinas de la antigua casa de payeses. Además la primitiva edificación tenía una superficie de tan sólo 50 metros cuadrados y el chalé ocupa 134 metros cuadrados.
El alto tribunal da la razón al Consell en un caso de urbanismo irregular en suelo rústico
F.ARMENDÁRIZ/M.ADROVER. PALMA.
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha confirmado una sentencia anterior por la que se condenó al ayuntamiento de Petra a anular una licencia para edificar un chalé en una parcela rústica por ser ilegal y a "dictar cuantos actos sean necesarios para la restauración del orden urbanístico infringido, inclusive la demolición de las obras realizadas con motivo de la concesión de la licencia".
Los hechos se remontan a febrero del 2001 cuando el consistorio de Petra otorgó una licencia a la empresa Promociones Son Canals S.L. para reformar una supuesta vivienda antigua que existía en una parcela rústica de su propiedad. Tanto la jueza de lo contencioso-administrativo 1 de Palma, como el TSJB, tras estudiar el expediente han llegado a la conclusión de que en aquella finca existió hace muchos años una antigua vivienda de payeses.
Sin embargo, cuando se pidió la licencia, aquella casa "estaba en un estado de abandono tal que podía calificarse, y conceptuarse, de ruina".
Chalé de nueva planta
La comisión insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo actuó de oficio en este caso y pidió al Ayuntamiento que revisara la licencia, dado que no se podía autorizar la reforma de una vivienda inexistente y tampoco se podía permitir la construcción de un chalé nuevo en la parcela rústica, pues ésta tenía tan sólo 8.542 metros cuadrados, cuando la normativa exigía una superficie mínima de 14.000 metros cuadrados.
Las dos sentencias dan la razón al Consell y resaltan, además, que la nueva vivienda se desplazó del punto donde estaban ubicadas las ruinas de la antigua casa de payeses. Además la primitiva edificación tenía una superficie de tan sólo 50 metros cuadrados y el chalé ocupa 134 metros cuadrados.
El Consell destacó la ejemplaridad de la primera sentencia
Cuando a mediados del 2005 se conoció la primera sentencia sobre este expediente de Petra, Bartomeu Vicens, conseller de Ordenación del Territorio del Consell, calificó el fallo judicial de "ejemplar" para los casos de ayuntamientos que, con distintas excusas, amparan el urbanismo ilegal en suelo rústico.