Sant Josep: el GEN denuncia la construcción de una urbanización ilegal en Cala Tarida |
(Diario de Ibiza, 19/03/2006)
Los ecologistas mantienen que un edificio en obras y otros ya acabados invaden el área de servidumbre de la costa. Para construir en ese suelo debería haberse aprobado antes un plan parcial
Sant Josep | P. R.
El Grup d'Estudis de sa Naturalesa (GEN) ha denunciado en el Ayuntamiento de Sant Josep una obra de construcción y urbanización en un área de Cala Tarida, dentro de la zona de protección de la costa. El grupo ecologista reclama en su escrito que se paralicen las obras, se anule la licencia municipal que las ampara y se establezcan responsabilidades. Asimismo, pide que se devuelva el terreno a su estado inicial.
Las obras denunciadas se enmarcan en el plan parcial 4.17 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico, dentro de la zona de servidumbre de la costa. En este lugar el suelo está calificado en la normativa como suelo urbanizable.
En el escrito de denuncia se observa que en este suelo solamente se puede actuar después de aprobarse el correspondiente plan parcial, requisito que en el caso denunciado no se ha producido en los últimos 20 años de vigencia de la normativa.
En consecuencia, los únicos usos permitidos en este suelo son los propios del suelo rústico y no podrán transformarse mientras no esté aprobado el correspondiente plan parcial y el posterior proyecto de urbanización.
Asimismo, el GEN considera el edificio actualmente en construcción afectado por la Ley de Costas de 1988, puesto que el inmueble está inmerso en la zona de protección de la costa, un ámbito inedificable en el que, no obstante, se han levantado ya otros varios edificios de la misma urbanización.
El GEN advierte de que en la misma área están trabajando media docena de palas excavadoras que hacen rebajes de terreno, apertura de viales y excavación de cimientos. Obras todas ellas que el grupo considera ilegales, al no contar con un plan parcial aprobado.
Los ecologistas mantienen que un edificio en obras y otros ya acabados invaden el área de servidumbre de la costa. Para construir en ese suelo debería haberse aprobado antes un plan parcial
Sant Josep | P. R.
El Grup d'Estudis de sa Naturalesa (GEN) ha denunciado en el Ayuntamiento de Sant Josep una obra de construcción y urbanización en un área de Cala Tarida, dentro de la zona de protección de la costa. El grupo ecologista reclama en su escrito que se paralicen las obras, se anule la licencia municipal que las ampara y se establezcan responsabilidades. Asimismo, pide que se devuelva el terreno a su estado inicial.
Las obras denunciadas se enmarcan en el plan parcial 4.17 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico, dentro de la zona de servidumbre de la costa. En este lugar el suelo está calificado en la normativa como suelo urbanizable.
En el escrito de denuncia se observa que en este suelo solamente se puede actuar después de aprobarse el correspondiente plan parcial, requisito que en el caso denunciado no se ha producido en los últimos 20 años de vigencia de la normativa.
En consecuencia, los únicos usos permitidos en este suelo son los propios del suelo rústico y no podrán transformarse mientras no esté aprobado el correspondiente plan parcial y el posterior proyecto de urbanización.
Asimismo, el GEN considera el edificio actualmente en construcción afectado por la Ley de Costas de 1988, puesto que el inmueble está inmerso en la zona de protección de la costa, un ámbito inedificable en el que, no obstante, se han levantado ya otros varios edificios de la misma urbanización.
El GEN advierte de que en la misma área están trabajando media docena de palas excavadoras que hacen rebajes de terreno, apertura de viales y excavación de cimientos. Obras todas ellas que el grupo considera ilegales, al no contar con un plan parcial aprobado.
Los ecologistas aseguran que la licencia municipal infringe la normativa
Sant Josep | P. R.
El escrito de denuncia del GEN alude al Plan de Ordenación de la Oferta Turística (POOT) para sugerir un posible caso de malversación de fondos públicos en las obras denunciadas. Los ecologistas observan que el POOT no admite licencias de construcción donde no existen infraestructuras suficientes. Mientras la Administración decide construir en la zona de Cala Tarida una depuradora para 14.000 personas, pagada con fondos públicos, unos promotores están construyendo y urbanizando de forma «ilegal» (según el GEN).
El mismo grupo reconoce que estas obras se están realizando con licencia municipal que, en cualquier caso, infringe la normativa de aplicación. En consecuencia, reclama la paralización de las obras y que se inicie el procedimiento establecido para el caso de permisos «contrarios a derecho».
De esta forma, piden, o bien que estas licencias se consideren nulas y se apliquen las medidas previstas para actos sin licencia, o que el alcalde ordene la paralización de las obras y se inicie un procedimiento de revisión y se traslade al órgano contencioso administrativo competente «a los efectos de la declaración de lesividad».
El GEN cree que los hechos denunciados pueden ser constitutivos de un delito de prevaricación urbanística, que puede ser castigado con inhabilitación, multas de gran cuantía y pena de cárcel de entre 6 meses y dos años.