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Bitàcora sobre la disciplina urbanística a les Illes Balears
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Artà: el Consell multa con 700.000 euros a un camping que tiene todos los permisos provocando su cierre

Nota de Disúrbia: En un nou exemple de la manera tan interessada en què aquest mitjà de comunicació tracta les notícies sobre disciplina urbanística, el text que seguidament reproduïm conté diversos errors que assenyalam en cada cas, en negreta, per facilitar la comprensió dels fets.


(El Mundo, 14/02/2006)

Alega que hizo unas obras sin licencia y que se encuentra en una área protegida / La Ley exime a los campings de solicitar estas autorizaciones - Tiene permiso para estar en estos terrenos desde 1985 y nadie lo ha revocado

MARIONA CERDÓ

ARTA.- El Camping Club San Pedro lleva dos años cerrado a pesar de tener todos los permisos y los papeles en regla. El Consell de Mallorca le ha puesto una multa de 703.430 euros y ha provocado su clausura al entender que se trata de un establecimiento turístico ilegal. Los criterios esgrimidos por la institución insular son los mismos que llevaron en 2002 al Govern del Pacte de Progrés a decretar la clausura del camping. Sin embargo, el Ejecutivo de Jaume Matas revocó posteriormente el cierre al considerarlo desproporcionado [però NO es va anul·lar la sanció econòmica també imposada en aquella ocasió, és a dir, que mai no s'ha dit que la infracció no existia]. A pesar de ello, entre una y otra institución han provocado una suma de factores demoledora para el camping: dos veranos sin abrir y una multa inasumible.

La historia del camping es larga. Se construyó en el año 1985 en un solar de la Colònia de Sant Pere (Artà) que en aquel entonces tenía la categoría de urbanizable. Sin embargo, al no estar edificado, equivalía a suelo rústico, lo que obligaba a los promotores a solicitar un uso provisional para proceder a la construcción de los servicios del camping y a la delimitación de las parcelas que posteriormente alojarían tiendas de campaña, caravanas y bungalows.[Aleshores, això vol dir que a dia d'avui, en el millor dels casos, només es compta amb una llicència PROVISIONAL, tants d'anys després. Interessant exemple de provisionalitat in aeternum]

La Comisión Provincial de Urbanismo autorizó en 1985 las obras y el uso provisional del camping y el Ayuntamiento de Artá otorgó la correspondiente licencia urbanística un mes más tarde. Con estos dos permisos, todo estaba en regla para el inicio de las obras. Las instalaciones se fueron construyendo poco a poco y finalmente la Conselleria de Turismo autorizó su apertura en 1991. Y el camping funcionó con normalidad hasta que en 2002 el representante de Esquerra Unida en Artà, Julen Adrián, denunció la situación de estas instalaciones ante el Govern y el Consell de Mallorca, unas demandas que provocaron el cierre y la multa que pesan hoy sobre el camping.

Cabe remarcar que, según indicaron los representantes legales del camping, el uso provisional sigue en vigor ya que ni el Ayuntamiento de Artà, ni el Consell ni el Govern lo han revocado en ninguna ocasión [els consells insulars no revoquen llicències donades pels ajuntaments]. Y eso que para hacerlo les hubiera bastado con una notificación. En este sentido, parece lógico que el propietario del camping, Juan Luis Gelabert, percibiera que todo estaba en regla. Nadie le dijo nunca lo contrario [mentre tant, poco a poco, anava construint en el camping el que volia...].

Normas subsidiarias

Sin embargo, el Consell de Mallorca dice ahora que las instalaciones se encuentran en unos terrenos con la categoría de rústicos desde la aprobación de las normas subsidiarias de Artà en 1992 y con la subcategoría de Area de Protección Territorial (APT) desde que se aprobaron en abril de las Directrices de Ordenación Territorial (DOT). Estos datos sirven a la institución insular para argumentar que unas obras llevadas a cabo en el camping entre los años 1995 y 1999 eran ilegales porque se hicieron en terrenos altamente protegidos y no contaron con la preceptiva licencia de obras.

Sin embargo, la Ley de disciplina urbanística de 1990 deja claro que el camping no necesitaba licencia para las mencionadas obras, que consistieron en la sustitución de los bungalows viejos por otros de hormigón. Dice así: «Serán sujetos a licencia previa (...) los actos que a continuación se relacionan, sea cual sea la naturaleza del dominio del suelo donde se pretendan realizar». Y entre los actos que relaciona se encuentra, en la posición número 13 «la instalación o ubicación de casas prefabricadas e instalaciones similares, provisionales o permanentes, excepto que se efectúen en campings o zonas de acampada legalmente autorizados» [òbviament, aquesta excepció està referida a tendes de campanya i similars].

Queda claro, entonces, que el propietario de las instalaciones no necesitaba licencia para proceder a la sustitución de los bungalows y que a pesar de las normas urbanísticas de 1992 y 1999 seguía contando con la licencia provisional que permitió en su día que construyera el camping en la Colònia. Además, según explican sus representantes legales, las normas subsidiarias de Artà y las DOT invalidarían la construcción de un nuevo camping, no la reforma de uno ya existente que se constituyó legalmente en su día y que además no necesitaba licencia de obras para proceder a la sustitución de los bungalows.

De todos modos, el cambio de las casetas prefabricadas no fue una decisión unilateral, sino que contó con los permisos pertinentes. En 1995, el propietario del camping solicitó a la Conselleria de Turismo la autorización para proceder a la sustitución de los bungalows. «No existe ningún inconveniente en autorizar lo solicitado», contestó el departamento de Turismo. Ni exigió una licencia de obras ni dijo que el camping fuera ilegal, a pesar de que ya estaban en vigor las normas subsidiarias de Artà desde hacía tres años.[evidentment, no és la Conselleria de Turisme qui atorga les llicències urbanístiques, ni qui vetlla per l'urbanisme, gràcies a Déu...]

Como las obras se hicieron de forma paulatina -no terminaron hasta 1999-, el Ayuntamiento consideró que la autorización de Turismo había quedado desfasada y pidió una nueva [o sia, que no tenien autorització...]. Y Turismo la volvió a conceder [segur? Turisme creu que no]. En consecuencia se sustituyeron los bungalows originales de madera por otros de hormigón, que a pesar de tener aspecto de casetas con cimientos, son desmontables y móviles [meravellós...]. De hecho, la denuncia de Adrian se basaba en el hecho de que se había utilizado una licencia de camping para construir casetas con cimientos, un hecho que Gelabert refutó ante notario al levantar uno de los bungalows de hormigón con una grúa [això, per tant, significa que són desmuntables i mòbils... que qualsevol persona els agafa i els se'n duu a ca seva per guardar-los dins un armari, no?].
Munar no tuvo problema en mandar allí a sus discapacitados de vacaciones

El Consell de Mallorca considera que el Cámping Club San Pedro es ilegal desde que las Normas Subsidiarias de Artà del año 1992 y las Directrices de Ordenación Territorial (DOT) de 1999 cambiaron la categoría del solar donde se ubica desde la tipificación primitiva de urbanizable a la actual de rústico con categoría de Area de Proteccion Territorial (APT).

Sin embargo, la institución que preside Maria Antònia Munar no tuvo ningún problema en enviar de vacaciones al cámping entre 1996 y 1998 a grupos de hasta 240 niños disminuidos que estaban bajo su tutela en la Llar de la Infància. Así lo atestiguan las facturas a las que ha tenido acceso este periódico según las cuales el cámping de la Colònia de Sant Pere cobró al Consell facturas de hasta 480.000 pesetas por el alojamiento de disminuidos físicos y psíquicos.

Otro de los documentos que pone en tela de juicio los criterios del Consell es el distintivo de alojamiento modernizado que la Conselleria de Turismo entregó en noviembre de 1999 al Cámping Club San Pedro. Y eso que fue concedido por el Govern del Pacte de Progrès, el mismo Ejecutivo que tres años después y a raíz de las denuncias del líder de Esquerra Unida en Artà, Julen Adrián, ordenaría el cierre definitivo del cámping.

Si las instalaciones turísticas contradecían efectivamente las normas urbanísticas y las obras de sustitución de varios bungalows viejos no contaban con licencia, lo lógico es que la Conselleria no hubiera concedido la distinción, que premiaba al camping precisamente por haber modernizado las instalaciones. Sin embargo, a partir de 2002, las instituciones empezaron a considerar ilegal todo lo que hasta el momento no había tenido ni un sólo problema.

2006-02-14 | Etiquetes: | Categories: Mallorca | Enllaç

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Comentarios

1
De: Karina Fecha: 2006-05-22 15:26

Buenas tarde: quisiera saber cuáles son los lugares para acampar en un lugar Camping que es obligatorio.
Me pueden decír dónde y pasame todo los datos con números teléfono, dirección.

Muchas Gracias
Karina



2
De: Anónimo Fecha: 2007-05-07 22:55

karen
daniela
como te llamas



3
De: Anónimo Fecha: 2007-05-07 22:55

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4
De: Anónimo Fecha: 2007-05-07 22:55

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