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Deià: el alcalde dice que no ha recibido la orden judicial de demoler los chalés |
(Diario de Mallorca, 6/01/2006)
Diez meses después del fallo firme del Supremo, el consistorio no ha hecho el proyecto de demolición
JOAN FRAU. PALMA.
Diez meses después de la sentencia firme del Tribunal Supremo que obligaba al ayuntamiento de Deià a acatar la orden de derribo de los cuatro chalés de Llucalcari construidos de forma ilegal entre 1986 y 1987, el alcalde de Deià, Jaume Crespí (PP), asegura que la institución local todavía no ha recibido ninguna comunicación judicial que informe de forma oficial del contenido de la sentencia, por lo que de momento no se ejecutará.
El 1 de marzo de 2005, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que desestimaba los recursos de casación interpuestos por los propietarios de los chalés y el ayuntamiento de Deià contra autos anteriores de 2001 y 2002. La sentencia era firme y no admitía nuevos recursos ante el mismo tribunal. De hecho, el primer fallo condenatorio es de mayo de 1992, cuando a raíz de una denuncia del GOB el Tribunal Superior de Justicia de Balears declaró las licencias nulas y ordenó la demolición de los cuatro edificios construidos en el núcleo de Llucalcari.
Ante la última sentencia, los abogados de los propietarios de las casas optaron por agotar todas las vías legales para retrasar la ejecución y presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que todavía no se ha pronunciado al respecto.
La sentencia del pasado año daba un plazo de tres meses para que el ayuntamiento de Deià recibiese la notificación judicial que debía informar de la sentencia del Supremo.
Una vez transcurridos estos dos meses, el consistorio disponía de otros treinta días para proceder a la demolición de las edificaciones.
Sin embargo, Crespí asegura que el Ayuntamiento no ha recibido ninguna notificación y por ello los plazos marcados por el Supremo todavía no han empezado a computar. En cualquier caso, el alcalde de Deià insiste en su intención de "acatar la sentencia" cuando llegue el momento. "De esto no cabe ninguna duda", apostilla, aunque admite que todavía no se ha elaborado, y ni siquiera encargado, el proyecto de demolición de los chalés ni tampoco se ha celebrado el pleno municipal en el que debe aprobarse el acatamiento de la sentencia.
Todo indica que el caso podría demorarse sine die debido a que el ayuntamiento de Deià declarará oficialmente que no tiene presupuesto para ejecutar la sentencia y reclamará "responsabilidades" tanto al Govern como al Consell, institución que "tomó la decisión vinculante de otorgar licencia a las cuatro edificaciones" a finales de los 80. Además, el Ayuntamiento "exigirá daños y perjuicios" a la institución supramunicipal "por haber informado favorablemente de los proyectos".
Recurso de súplica del GOB
El pasado mes de noviembre, la asociación ecologista GOB presentó un recurso de súplica ante el TSJB en el que reclama al tribunal que "se sirva ordenar y exigir al alcalde de Deià la ejecución de la sentencia" y aperciba a Crespí de que "en caso de no hacerlo, el tribunal adoptará las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado".
Además, el GOB reclama al TSJB que ordene al ayuntamiento de Deià el pago de las costas impuestas por la sentencia de marzo de 2005, fijadas en 5.000 euros. El GOB presentó el 3 de mayo a los demandados la minuta de dicha cantidad y "todavía no la han hecho efectiva".
Diez meses después del fallo firme del Supremo, el consistorio no ha hecho el proyecto de demolición
JOAN FRAU. PALMA.
Diez meses después de la sentencia firme del Tribunal Supremo que obligaba al ayuntamiento de Deià a acatar la orden de derribo de los cuatro chalés de Llucalcari construidos de forma ilegal entre 1986 y 1987, el alcalde de Deià, Jaume Crespí (PP), asegura que la institución local todavía no ha recibido ninguna comunicación judicial que informe de forma oficial del contenido de la sentencia, por lo que de momento no se ejecutará.
El 1 de marzo de 2005, el Tribunal Supremo dictó una sentencia que desestimaba los recursos de casación interpuestos por los propietarios de los chalés y el ayuntamiento de Deià contra autos anteriores de 2001 y 2002. La sentencia era firme y no admitía nuevos recursos ante el mismo tribunal. De hecho, el primer fallo condenatorio es de mayo de 1992, cuando a raíz de una denuncia del GOB el Tribunal Superior de Justicia de Balears declaró las licencias nulas y ordenó la demolición de los cuatro edificios construidos en el núcleo de Llucalcari.
Ante la última sentencia, los abogados de los propietarios de las casas optaron por agotar todas las vías legales para retrasar la ejecución y presentaron un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, que todavía no se ha pronunciado al respecto.
La sentencia del pasado año daba un plazo de tres meses para que el ayuntamiento de Deià recibiese la notificación judicial que debía informar de la sentencia del Supremo.
Una vez transcurridos estos dos meses, el consistorio disponía de otros treinta días para proceder a la demolición de las edificaciones.
Sin embargo, Crespí asegura que el Ayuntamiento no ha recibido ninguna notificación y por ello los plazos marcados por el Supremo todavía no han empezado a computar. En cualquier caso, el alcalde de Deià insiste en su intención de "acatar la sentencia" cuando llegue el momento. "De esto no cabe ninguna duda", apostilla, aunque admite que todavía no se ha elaborado, y ni siquiera encargado, el proyecto de demolición de los chalés ni tampoco se ha celebrado el pleno municipal en el que debe aprobarse el acatamiento de la sentencia.
Todo indica que el caso podría demorarse sine die debido a que el ayuntamiento de Deià declarará oficialmente que no tiene presupuesto para ejecutar la sentencia y reclamará "responsabilidades" tanto al Govern como al Consell, institución que "tomó la decisión vinculante de otorgar licencia a las cuatro edificaciones" a finales de los 80. Además, el Ayuntamiento "exigirá daños y perjuicios" a la institución supramunicipal "por haber informado favorablemente de los proyectos".
Recurso de súplica del GOB
El pasado mes de noviembre, la asociación ecologista GOB presentó un recurso de súplica ante el TSJB en el que reclama al tribunal que "se sirva ordenar y exigir al alcalde de Deià la ejecución de la sentencia" y aperciba a Crespí de que "en caso de no hacerlo, el tribunal adoptará las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado".
Además, el GOB reclama al TSJB que ordene al ayuntamiento de Deià el pago de las costas impuestas por la sentencia de marzo de 2005, fijadas en 5.000 euros. El GOB presentó el 3 de mayo a los demandados la minuta de dicha cantidad y "todavía no la han hecho efectiva".