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Sa Pobla planea recurrir el fallo del TSJB sobre el casal de Can Gaieta

(El Mundo, 13/11/2005)

El juez asegura que la reforma del inmueble protegido fue ilegal

JOAN ANTONI PERÉ
SA POBLA.- El Consistorio pobler está estudiando la posibilidad de presentar un recurso extraordinario contra la sentencia del TSJB (Tribunal Superior de Justicia de Baleares) que declara la nulidad de la licencia concedida en 2001 para reformar parte del casal histórico de Can Gaieta del siglo XVII, según informó a este rotativo el edil de Urbanismo, Joan Palou. Para Palou la situación es un tanto confusa porque «la primera sentencia nos daba la razón, y ahora la nueva nos la quita, demostrando así que la cuestión es susceptible de interpretaciones varias». El Ayuntamiento cuenta con un plazo de 10 días para presentar el recurso.

Hay que recordar que las normas subsidiarias protegen Can Gaieta desde 1991, que en 1994 se segregó en dos partes. La parte que antiguamente albergaba las dependencias de los señores y la casita de los criados, el número 2 de la calle Escola, quedó en manos de Isabel Gost (la demandante). La parte donde se encontraban las cuadras, el jardín y la cocina, con entrada por el 13 de la calle Lluna, fue a parar a manos Miquel Cladera (el demandado junto al Ayuntamiento).

Con estos antecedentes, en octubre de 2001, siendo alcalde Jaume Font y edil de Urbanismo Rafel Munar, se concedió, con los informes técnicos y jurídicos favorables, una licencia a Miquel Cladera para la rehabilitación del inmueble situado en el 13 de la calle Lluna. Esta licencia permitió demoler la parte de las antiguas cuadras, en estado ruinoso, y levantar un edificio de dos plantas.

Fue entonces cuando Gost, entendiendo que la concesión era ilegal, decidió demandar a Cladera y al Ayuntamiento. En primera instancia los tribunales desestimaron la demanda, no así el posterior recurso de apelación y ahora el TSJB ha fallado a su favor, anulando la licencia de 2001. Lo que debía decidirse era si la protección del casal Can Gaieta afectaba a la totalidad del edificio histórico o tan sólo a la parte propiedad de Gost. Al respecto, la ficha del catálogo patrimonial era poco precisa, pues situaba el casal en la calle Escola número 2 sin tener en cuenta que tiene entrada por tres calles diferentes.

Cabe recordar que el caso cobró trascendencia debido a que el Consistorio otorgó el premio de urbanismo 2004 a la vivienda sobre la que, ya entonces, pesaba la demanda.

2005-11-14 | Etiquetes: | Categories: Mallorca | Enllaç

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