Artà: un camping de cemento |
El club San Pedro abre otra vez mientras el Consell no resuelve las alegaciones y el Ayuntamiento busca diálogo
LLORENÇ RIERA. ARTÀ
Los movimientos que se observan en su interior y las especulaciones de los vecinos permiten intuir que el camping Club San Pedro que asimila su denominación a la ubicación geográfica, entre Colònia de Sant Pere y Betlem, dentro del municipio de Artà, está a punto de iniciar una nueva temporada turística como tantos otros establecimientos del ramo.
La apertura inminente de este espacio singular y sobre todo atípico, no hace más que arreciar las polémicas cruzadas y reiteradas que desembocan en él. Son disparidades que arrancan en 1985 y en las que todo se mueve sobre valoraciones de interpretación legal, precisiones gramaticales y probablemente equilibrios de influencia social y política. Estamos ante un camping de cemento, por contradictoria que sea la expresión, pero en el que hoy resulta evidente que se levantan noventa bungalows construidos con hormigón y sin licencia de obras.
El camping en cuestión está sujeto a expediente de infracción urbanística por parte de la Comisión Insular de Urbanismo, ha sido sancionado con 937.906,69 euros y en estos momentos el Consell debe resolver el recurso de alzada interpuesto por los vecinos personados en el conflicto y sobre cuya denuncia ha apostado de forma decidida EU-Els Verds. Esta es la última fase administrativa del litigio y todo apunta que agotada ésta se entrará en el contencioso administrativo judicial.
Reiteración constante
La parte demandante ya ha reiterado al Consell la obligatoriedad de resolver los recursos presentados sobre lo que consideran una explotación ilegalizable. Pero el hecho es que el camping en cuestión dispone desde el 18 de octubre de 2004 de autorización previa de explotación por parte de la conselleria de Turismo para "la adecuación a la normativa vigente y sin perjuicio de otras autorizaciones". Es una clara alusión al expediente de infracción urbanística del Consell.
Turismo se ha basado en los propios informes de los representantes legales del camping para conceder esta autorización. Sin embargo, EU-Els Verds y la veintena de vecinos que se han personado en el proceso están convencidos de que tal autorización "es nula de pleno de derecho". Es más, su abogado ha dirigido un escrito a la conselleria de Turismo con la ´advertencia´ de que ésta, con el permiso de explotación turística concedido, puede haber incurrido en prevaricación. La misma Conselleria, en tiempos del Pacte de Pogrés, denegó tal permiso amparándose en el hecho de que el complejo estaba sujeto a infracción urbanística. Celestí Alomar, entonces conseller del ramo, argumentó que era incompatible tal circunstancia con el uso turístico.
El camping Club San Pedro de Artà está explotado por la empresa UPA S. A. que tiene como promotores a los hermanos Gelabert Vicens. El papel que desempeña el ayuntamiento de Artà dentro de este pulso de entramados administrativos y de disputa legal resulta también determinante. EU-Els Verds no ha cesado en la denuncia de la ilegalidad del complejo pero los otros grupos se decantan por buscar una vía negociada. Esta es la postura por la que se inclinaron los Independents d´Artà durante sus largos años de gobierno y por otro lado EU-Els Verds también discrepa ahora en este caso con la coalición de gobierno que comparte con el UM y PSOE. Los vecinos afectados han intentado, sin éxito, llevar a estas dos formaciones hacia su posición de denuncia del camping.
Los antecedentes
En 1985 el camping comenzó su actividad amparándose en una licencia provisional y con casas de madera prefabricadas. Al poco tiempo estos habitáculos fueron sustituidos por los adosados actuales sujetos con hormigón y con terraza y jardín. Los denunciantes están convencidos de que el complejo infringe ya de entrada el primer artículo del decreto sobre campings de 1986 cuanto este indica que tales explotaciones están destinadas a "actividades al aire libre" y su tercer apartado especifica que sólo pondrán instalarse en él "cosas móviles".
Precisamente la movilidad ha dado mucho juego en el caso que nos ocupa. También las precisiones gramaticales o de definición expresiva que puedan derivarse de tal concepto. La misma normativa de campings especifica que un ocho por ciento de sus espacios pueden reservarse para "elementos amovibles". ¿Y que se entiende por elementos amovibles? Los promotores pretenden ampararse en este concepto para justificar los bungalows actuales y los denunciantes tienen claro que una cosa amovible es un volumen de transporte difícil porque "no es lo mismo amovible que inamovible".
Capítulo aparte constituyen las infracciones de las DOT, la delimitación de Costas y la ocupación de espacios de Protección Territorial en el que puede incurrir el controvertido y enrevesado camping de Colònia de Sant Pere.