Port d'Alcúdia: los jueces validan la caducidad de licencias para construir un supermercado de 1.300 metros |
El consistorio requiere un nuevo proyecto que reduzca la superficie
MATEU FERRER. ALCÚDIA.
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 ha desestimado un recurso interpuesto por Mercadona SL contra las resoluciones del Ayuntamiento de Alcúdia que declararon la caducidad de la licencia de obras y de instalación para un segundo supermercado de esta cadena en el municipio.
La sentencia, apelable, concluye que la demora en la construcción de la nueva superficie comercial es "absolutamente imputable" a la cadena comercial y considera que las actuaciones municipales son ajustadas a Derecho.
Hace ahora siete años, el 8 de abril y el 26 de julio de 1998, respectivamente, el consistorio otorgó los permisos para la construcción e instalación de un hipermercado con una superficie de venta de 1.281 metros cuadrados y capacidad para 485 personas, presupuestado en 1.346.267 euros. El establecimiento debía construirse a la altura del número 126 de la avenida Tucán esquina con la calle Roma, del Port d´Alcúdia, muy cerca de otro hipermercado, en este caso de la firma Caprabo. Sin embargo, Mercadona no presentó en este tiempo el proyecto de ejecución, hasta el pasado 5 de enero de 2004, unos meses después de que el Ayuntamiento ya hubiera iniciado los trámites para proceder a la caducidad de las licencias.
Nueva ley de Comercio
El principal motivo aducido por el consistorio -representado por el letrado Jaume Adrover- para decretar la invalidez de las licencias es la entrada en vigor de la nueva Ley autonómica de Ordenación de la Actividad comercial, aprobada en tiempos del extinto Govern del Pacto de Progreso, y que suscitó una amplia controversia. Entre otros aspectos, dicha ley limita el tamaño de las nuevas superficies comerciales que se levanten en Balears. Precisamente, el proyecto presentado en su día por la cadena contraviene la nueva normativa, es por ello que el Ayuntamiento entiende que debería redactar un nuevo proyecto con una sala de ventas de menor superficie y solicitar de nuevo las oportunas licencias.
Durante el proceso judicial, la firma alegó que en ningún momento había mostrado su voluntad de abandonar el proyecto en cuestión, y achacó la demora a que la zona donde se debía ubicar el hiper carecía de accesos viarios hasta que en 2002 se concluyó la vía de circunvalación, así como al factor de estacionalidad de los residentes en el lugar. Para el magistrado, estos motivos "denotan un interés puramente comercial", si bien los considera "absolutamente respetables". Añade el juez que la inactividad de la promotora del hiper "por propio interés económico no puede afectar al interés público", y en consecuencia estima por completo los argumentos del Ayuntamiento alcudienc.