Un juez condena una venganza consistente en instalar una pocilga junto a la ventana del vecino |
(Nota de Disúrbia: tot i que no es tracta d'una notícia estrictament sobre disciplina urbanística, la reproduïm aquí com a mostra de la realitat amagada darrere de moltes d'aquestes situacions, i de com la jurisdicció civil també pot aportar solucions.)
Considera que un matrimonio actuó con «evidente mala fe» al construir un corral junto al dormitorio de sus vecinos e Estos denunciaron previamente al dueño de la granja por obras ilegales
ESTEBAN URREIZTIETA
PALMA.- Uno no puede hacer en su propia casa lo que le venga en gana. Y mucho menos montar una pocilga de cerdos y gallinas faraonas junto a las ventanas de su vecino con el único objeto de molestarle. De esta opinión es la Audiencia de Palma, que se acaba de pronunciar ante un conflicto entre dos matrimonios que viven pared con pared en la localidad de Capdepera y que se remonta al año 2002.
Una disputa que ha acabado en los tribunales; con los perjudicados en la calle ante el «a todas luces insoportable» olor que desprende esta vendetta en forma de granja; y con una multa de 3.000 euros que ha impuesto el juez a los cerebros de esta represalia animal.
El matrimonio formado por Antonia Ladaria y Omar Rabai decidió responder de esta forma a los vecinos que les habían denunciado por levantar una vivienda sin las correspondientes licencias. Y es que, según la mencionada denuncia, con un simple permiso «para efectuar reparaciones en la fachada y en la cubierta» del edificio que existía originariamente, construyeron una casa totalmente nueva.
La respuesta de los denunciados no se hizo esperar. Y lejos de intentar legalizar su situación, «comenzaron a dar nivel a una zona de terreno de su finca, depositando piedras y tierras para acentuar la pendiente de las aguas» en dirección a su vecino. Eso ocurría a mediados del mes de febrero de 2002.
El razonamiento jurídico
A continuación, «con cemento y rejas fueron organizando un corral». Y a finales del mes de mayo, concluyeron las obras de la granja «introduciendo además de aves de corral, seleccionadas entre las ruidosas, una pareja de cerdos, construyendo un cerramiento a apenas un metro de las ventanas de las habitaciones». El objetivo, tal y como expresa la demanda que motivó el inicio del proceso judicial, era «asegurar que producirían el máximo de molestias al poder acercarse los animales a dichas ventanas».
Ante estos hechos, el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Manacor primero, y la Audiencia de Palma después, han concluido la existencia de «una evidente mala fe» por parte del matrimonio que montó el corral. Máxime «al haber escogido un espacio tan próximo a las ventanas de la vivienda de su vecino, siendo su terreno suficientemente amplio como para haber escogido otro distinto».
El tribunal que ha juzgado el caso considera que «el derecho de propiedad no es un derecho potencialmente ilimitado sino sujeto a limitaciones que responden en último término al interés social». Y añade que «las relaciones de vecindad se fundan en la necesidad de compatibilizar el derecho de propiedad limitado con el derecho de propiedad igual o paralelo que ostentan los titulares de colindantes». Además recuerda el juez que el Código Civil en su artículo 590 estipula que «no pueden construirse cerca de una pared medianera o ajena, pozos, cloacas, establos, depósitos, etc... sin guardar las distancias prescritas». Y que, por si fuera poco, el Tribunal Supremo estableció en una sentencia dictada en 1968 que «la propiedad no puede llegar más allá de lo que el respeto al vecino determina».
Por todo ello, el tribunal ha considerado que se «han producido intromisiones ilícitas» en la vivienda mencionada «por la ubicación de animales junto a las ventanas». Y ha impuesto una sanción de 3.000 euros a los propietarios del corral en concepto de los «perjuicios morales» ocasionados.
El Juzgado de Primera Instancia de Manacor elevó la indemnización económica a los 9.000 euros. Sin embargo, la Audiencia de Palma acaba de rebajarla a 3.000 sin especificar el porqué de este recorte.
El 'vengador' también arrojaba agua sobre la fachada de la casa de al lado
El matrimonio de Capdepera que tuvo que soportar la presencia de una pocilga junto a la habitación de su dormitorio también denunció otra molesta fórmula de venganza ideada por Antonia Ladaria y Omar Rabai.
No contentos con la ubicación de un corral con cerdos, patos y gallinas faraonas a escasos centímetros de una de las habitaciones de su vecino, decidieron regar literalmente la fachada y las ventanas de la casa objeto de sus iras.
«Arrojaban agua constantemente sobre la fachada de mi demandante», reza la denuncia que interpuesieron los afectados, «procurando que ésta entrara por las ventanas de las habitaciones».
Utilizaban para ello «un generador de electricidad con motor de explosión que procuraban dejar en marcha aunque no precisara la energía eléctrica hasta altas horas de la madrugada, en que dejaba de funcionar por acabarse el combustible».
El juez ha conluido en su sentencia que «no existe prueba directa en torno a si rociaban con agua la pared con una manguera». Pero «existe la relación causa efecto entre los charcos de agua, y las humedades surgidas en la pared de la planta baja de la vivienda, debiendo la demandada reparar los daños causados en dicha pared».
Unos daños que, según uno de los peritos que examinó la zona, provocaron «un grave riesgo de cortocircuito con riesgo de electrocución al humedecer la instalación eléctrica de la vivienda».
Pero estas acciones no sólo pusieron en peligro la integridad física de los perjudicados, sino que ocasionaron daños materiales en el inmueble. El informe pericial explica que el agua arrojada constantemente sobre la fachada también afectó «al sistema de alarma de que está dotada la vivienda».