Una sentencia declara ilegal la licencia de obra otorgada en la cima de Puig d'en Serra |
El GEN-GOB ya denunció la situación ante el Ayuntamiento de Sant Josep en el año 1996
EIVISSA.- el Juzgado Contencioso Administrativo ha declarado la nulidad de la licencia que amparaba las obras para la construcción de una vivienda de 330 metros cuadrados en una parcela de 20.000 calificada como area natural de especial interés en la cima de Puig d'en Serra. Un hecho que ayer celebraban los miembros del Grupo de Estudios de la Naturaleza, GEN, que ya denunciaron la situación el pasado año 1996 ante el Ayuntamiento de Sant Josep al considerar «las grandes dimensiones de la obra», así como su ubicación, en una zona de «máxima protección con edificabilidad nula».
Así, la sentencia declara la ilegalidad de las obras y condena al Consistorio del municipio de Sant Josep a adoptar «todas las medidas necesarias para restablecer la legalidad urbanística infringida», entre las que se incluyen, según aseguró el GEN en un comunicado la demolición de la edificación.
Por otra parte, y al ser considerada la licencia de obra constitutiva de infracción urbanística grave, la sentencia además obliga al Ayuntamiento a iniciar los correspondientes procedimientos sancionadores contra los responsables de dar luz verde a la construcción de la vivienda.
Y es que, según denuncia el grupo ecologista, las licencias «otorgadas al margen de la legalidad son habituales por parte del Ayuntamiento de Sant Josep» ya que, explicaron lo ecologistas, utilizan la práctica de otorgar nuevas licencias de obras «camufladas con las renovaciones de presuntas licencias antiguas».
Y eso que, prosiguió GEN, la Ley de Disciplina Urbanística obliga a los ayuntamientos a caducar las licencias de obra en un término máximo de tres años desde que se haya otorgado.