El Consell identifica 3.600 edificios en suelo rústico de uso no agrario |
M. F. R.
MAÓ.- El análisis de las primeras fotografías aéreas tomadas por el Consell de Menorca tras la aprobación del Plan Territorial Insular ha permitido cifrar en 3.600 el número de edificaciones en suelo rústico no vinculadas con la actividad agraria, principalmente residencias particulares y actividades comerciales.
La nueva normativa prohíbe autorizar en el campo ninguna actividad que no esté ligada a la agricultura o la ganadería. Sin embargo, las construcciones ya existentes en el momento de su entrada en vigor quedarán recogidas en un catálogo de edificaciones en régimen especial sobre suelo rústico.
Su elaboración ha sido adjudicada por 77.000 euros al Gabinete de Análisis Ambiental y Territorial (GAAT), una consultora que espera haber concluido sus trabajos a finales del próximo año. Para ello, un equipo técnico está recopilando la información en mapas, registros municipales y a través de un trabajo de campo para verificar lo que en verdad está construido.
En Menorca existen un total de 12.000 edificaciones en el campo, de las cuales 3.600 no están vinculadas a la actividad agraria. El conseller insular de Ordenación del Territorio, Marc Pons, afirmó que la confección del catálogo permitirá tener un conocimiento «casi microscópico» de la realidad urbanística de Menorca.
Uno de los efectos colaterales del nuevo censo de construcciones en suelo rústico será, probablemente, la detección de actuaciones irregulares, bien sin licencia o bien que han excedido sus parámetros. El Consell de Menorca avanzó ayer su compromiso de poner esta información a disposición de los ayuntamientos.
Corresponderá, no obstante, a los servicios de inspección de los municipios decidir si se abren o no expedientes sancionadores. El conseller explicó que el suelo rústico, por su naturaleza, siempre ha estado preservado por la legislación urbanística. No obstante, precisó que han existido procesos de edificación «no siempre amparados por la legalidad» en relación con un uso residencial en forma de vivienda unifamiliar aislada.
El Plan Territorial, aprobado el 25 de abril de 2003, establece una regulación pormenorizada de las edificaciones y usos admitidos, condicionados y prohibidos según las distintas calificaciones de suelo rústico. Las edificaciones ya existentes no vinculadas al uso agraria pasarán a ser consideradas como de «régimen especial». La misma normativa restringe ahora las posibilidades para acometer en ellos obras de ampliación o reforma.