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Sant Josep: una sentencia confirma la anulación del proyecto urbanístico de Punta Pedrera |
(Diario de Ibiza, 27/02/2010)
Un juzgado de Palma da la razón al Ayuntamiento de Sant Josep, que en agosto de 2007 suspendió la licencia que había otorgado la propia Corporación el año anterior. La resolución ratifica las infracciones
IBIZA | J. LL. FERRER Una sentencia que acaba de emitir el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Palma de Mallorca desestima el recurso interpuesto por los promotores de la urbanización de Punta Pedrera, en la bahía de Portmany, dentro del municipio de Sant Josep, y da la razón al Ayuntamiento, que en agosto de 2007 suspendió la licencia que el propio Consistorio había otorgado un año antes, bajo el mandato político anterior. La decisión del nuevo equipo de gobierno se basó en las denuncias de los ecologistas del GEN y en la detección de infracciones en el proyecto.
El Ayuntamiento justificó la suspensión del permiso afirmando que el proyecto no se ajusta a los viales previstos en el plan parcial y, además, se incumple el número máximo de unidades residenciales permitidas por el planeamiento. Por su parte, el Consell Insular de Ibiza consideró en sus informes técnicos que la citada licencia «es constitutiva de infracción urbanística grave y manifiesta».
En cambio, la entidad Mecron SL pidió que se rechazara la decisión del Consistorio por defectos de forma y negó que la licencia supusiera un aumento de la capacidad de población. También aseguraba que la invasión de suelo para equipamiento público que se había detectado fue corregido en el replanteo de obras.
«Veracidad de los datos»
Tras rechazar los supuestos errores formales alegados por la promotora –centradas en los plazos y en una supuesta vulneración de principios de transparencia–, la sentencia da la razón al Ayuntamiento porque «no hay motivos para dudar de la capacidad ni de la veracidad de los datos aportados por el informe técnico que consta en el expediente administrativo», sobre todo cuando las pruebas aportadas por Mecron SL «no logran justificar» sus principales argumentos, como los relativos a la red viaria.
De hecho, basándose en esta observación, la juez considera que «las infracciones advertidas por el Ayuntamiento y analizadas anteriormente ya pueden ser consideradas graves y manifiestas para llegar a la conclusión de confirmar el decreto de suspensión, sin necesidad de analizar pormenorizadamente la infracción de que la licencia excede las unidades residenciales permitidas en el planeamiento», afirma la resolución judicial.
De hecho, en este último caso la juez señala que esta infracción «se presenta como discutible».
La sentencia, tras confirmar el decreto del Ayuntamiento, recuerda que se puede interponer recurso de apelación dirigido al Tribunal Superior de Justicia de Balears.
Un vial en terreno público
El informe técnico emitido por la Comisión Insular de Urbanismo y Patrimonio del Consell de Ibiza destaca que se ha construido un vial que transcurre por una parcela destinada a equipamiento público. Mecron SL, la promotora, «alega que se trata de un error material del dibujo que pasó inadvertido y que fue advertido y corregido». La juez admite la posibilidad de que dicho error fuera advertido, «ahora bien, no consta la subsanación del mismo ni ha quedado constancia de que dicha invasión del viario público en la parcela municipal no se haya cometido», señala la sentencia. La zona de Punta Pedrera es, precisamente, uno de los sectores que quedaron desclasificados por la ley del Parlament aprobada en 2007. | j. ll. f.