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Inicio > Historias > Sant Antoni: el fiscal ve «poco común» la decisión del juez de archivar el `caso Cretu´
(Diario de Ibiza, 5/12/2006)
Recurrirá directamente ante la Audiencia al entender que existen indicios de delito contra los imputados. El fiscal pone en duda que algunos delitos hayan prescrito y recuerda que la investigación no ha terminado EIVISSA | EUGENIO RODRÍGUEZ La Fiscalía recurrirá ante la Audiencia Provincial el archivo del `caso Cretu´. En contra de la posición del juez del Juzgado de Instrucción número 1, Juan Carlos Torres, el Ministerio Público considera que existen indicios de delito para que se mantengan abiertas las diligencias penales contra el músico rumano Michel Cretu, el ex alcalde Antoni Marí Tur y los concejales de su comisión de gobierno por la construcción de la mansión ilegal del primero en una cima en Santa Agnès. En todo caso, el fiscal jefe de Eivissa, Antoni Torres, mantiene que la posible responsabilidad de los imputados en la concesión de la licencia y la construcción de la edificación en un espacio protegido por la ley «debería resolverse en un juicio». Antoni Torres aseguró ayer a este periódico que, por un lado, no ve claro que los delitos contra la ordenación del territorio y el medio ambiente hayan prescrito, tal y como sostiene el juez en su auto; y, por otro, sostiene que «la investigación no se ha cerrado». El fiscal recuerda que había solicitado tres pruebas testificales: las declaraciones de un miembro del grupo ecologista GEN, de un representante de la oposición y de un periodista. El juez no ha atendido esta petición del fiscal, que, según él, debía servir para aclarar si los imputados tenían o no conocimiento de que la licencia era ilegal. La Fiscalía cree imprescindible aclarar si, en contra de lo manifestado por el ex alcalde de Sant Antoni, a éste se le informó de que no se podía levantar la mansión sobre una cima o un promontorio. «La licencia ya está dada. Hay que saber si los responsables de su concesión sabían o no que era ilegal», dijo. El fiscal recuerda que el juez debe atender las diligencias solicitadas salvo que éste considere, en el caso de las declaraciones testificales, que puedan «ser inútiles o perjudiciales». «El juez no ha dicho nada, ni lo uno ni lo otro», señaló, para indicar acto seguido que el proceso seguido por el juez para decretar el archivo de la causa es «poco común» o «poco habitual». Dos delitos prescritos En su auto, de 28 folios, el juez justifica su decisión por dos hechos: la falta de indicios de los delitos que la Fiscalía y los ecologistas el GEN imputaban a los responsables de la obra (ordenación del territorio, medio ambiente y prevaricación), y la prescripción de dos de estos tipos penales. El juez considera que ha habido una inactividad por parte de los denunciantes ya que las primeras noticias sobre la construcción de la mansión aparecieron en 1995 y, no obstante, el GEN «sólo reacciona para la interposición de una denuncia penal a partir del momento en que se registra en la Fiscalía, el 3 de abril de 2003, la entrada de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia» en la que se anulaba la licencia. El juez interpreta que esta «inacción penal» se debe a que «sencillamente, y hay que decirlo y remarcarlo claramente, nunca hubo indicios serios y objetivos de ninguna clase de delito, y esto fue así durante todo este tiempo y si se apura lo ha sido durante todo el tiempo de duración de la instrucción de la causa penal». También descarta la existencia de delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio y el medio ambiente porque se construyó al amparo de «una licencia concedida sobre la base y a la vista de varios informes técnicos favorables». Negativa de la Fiscalía Anticorrupción
2006-12-05 | Etiquetes: | Categories: Eivissa i Formentera | Enllaç
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