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Inicio > Historias > El Ayuntamiento de Sant Antoni deberá derribar can Cretu en un plazo máximo de 18 meses
(El Mundo, 7/09/2004)
La juez de primera instancia a la que Baloo Music solicitó la suspensión de la anterior sentencia de derribo asegura que la mansión del músico es «ilegalizable» - El GEN, satisfecho por el fallo G. Revelles / J.M de lamo EIVISSA.- El Ayuntamiento de Sant Antoni tendrá que tramitar y derribar la mansión del músico y productor rumano Michel Cretu, levantada en una colina de Santa Agnès y declarada ilegal por los tribunales tras ser denunciada la licencia ante la Justicia por parte de los ecologistas del Grup d'Estudis de sa Naturalesa (GEN) en 1999. Para ello contará con un plazo máximo de 18 meses. Así lo estipula el auto, hecho público ayer, emitido por la juez de primera instancia a la que la productora Baloo Music solicitó, en nombre de Cretu, la suspensión de la anterior sentencia de derribo, que debía haberse ejecutado el pasado mes de diciembre. La denuncia contra la licencia de obras otorgada por el Ayuntamiento a Baloo Music, compañía propiedad de Cretu, fue presentada por el GEN en febrero de 2000 ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número uno de Palma. Previamente, la asociación había solicitado al Consistorio de Portmany, en 1999, la revisión del documento, al considerar que, con esta construcción, se perjudicaba notoriamente a una de las áreas con más valor paisajístico y ambiental de la isla de Eivissa. El GEN argumentó también en su denuncia el hecho de que la construcción se hubiera ejecutado sobre la cima de una colina y en una zona protegida como área natural de especial interés (ANEI). La sentencia de demolición de la mansión, levantada en una zona conocida como Corrals d'en Guillem, fue ratificada en octubre de 2003 por parte del Tribunal Supremo, en un documento que confirmaba lo establecido ya con anterioridad por el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. Ante la sentencia del tribunal autonómico, que recogía otra en el mismo sentido emitida por la Audiencia Provincial, la representación legal de Cretu presentó un recurso de casación ante el Supremo, que también fue desestimado. Sentencias todas ellas que consideran que la casa es ilegalizable por encontrarse en la cima de una colina y en una zona protegida como Área Natural de Especial Interés (ANEI). En otoño de 2003, el Govern balear introdujo una modificación en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos de 2004, que contemplaba la posibilidad de legalizar viviendas unifamiliares que habían quedado fuera de ordenación debido a los cambios en las leyes urbanísticas realizados por el anterior Ejecutivo autonómico, del Pacte de Progrés. La representación legal de Michel Cretu, amparándose en esta nueva ley, solicitó al juzgado de primera instancia la suspensión de la ejecución de la sentencia que obligaba al derribo. Algo que ahora la juez ha rechazado por considerar que la nueva ley no puede aplicarse en este caso, si bien cabe la posibilidad de presentar un recurso contra su decisión. En su auto, la juez apunta que la controvertida mansión no puede acogerse a esta ley, dado que la misma «no dice que se pueda legalizar la vivienda sea cual sea su ubicación», según indicaron ayer fuentes cercanas al caso. Por ello la magistrado asegura que la mansión de Cretu no puede ser legalizada. Una decisión que, por otro lado, ha sorprendido en las fuentes legales cercanas al caso, que ayer también indicaron, en declaraciones a este periódico, que «lo normal sería que ese pronunciamiento se formulase si se hubiera abierto un proceso para decidir si la mansión puede o no legalizarse, y no es este el caso». «La juez», añadieron las mismas fuentes, «puede decir si suspende o no la ejecución de la sentencia de demolición. Pero no es lógico que también diga que la casa no es legalizable, puesto que, para poder pronunciarse así, tendría que haber un proceso específico sobre esta cuestión».
2004-09-07 | Etiquetes: | Categories: Eivissa i Formentera | Enllaç
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